@LauraFArambarri / Las entradas para ver este miércoles el encuentro de dieciseisavos de final de Copa del Rey entre la UD Ibiza y el FC Barcelona se agotaron ayer domingo en taquilla en cuatro horas. Las colas para adquirirlas comenzaron de madrugada porque solo era posible comprarlas en la ventanilla y no a través de Internet.
Muchos aficionados se quedaron sin entradas y eso ha generado un volumen de demanda que ha favorecido la aparición de la reventa camuflada. Lo que demuestra que muchos no hicieron cola para ver el partido, señalado como histórico, sino para hacer negocio.
El truco de la reventa se camufla poniendo otro objeto de reclamo de venta. Los tiques del partido van «de regalo» junto a ese objeto, que suele ser un bolígrafo, una piruleta o un balón, por los ejemplos recogidos.
El caso más llamativo de todos los que han aparecido en la web Milanuncios es el de un particular que pide 3.000 euros por una paella con vistas al mar y, de regalo, seis entradas para ver el partido que se disputa en Can Misses.
Otros anuncios han ido desapareciendo, lo que puede significar o bien que han cumplido su propósito o bien que han retirado el reclamo, como este en el que vendían dos piruletas y una entrada por 140 euros (hay que recordar que la entrada para no socios cuesta 70 euros).
Otro particular vende entradas, sin especificar el número, a 1.000 euros.
Este otro ofrece un balón más dos entradas por 190 euros.
También nos encontramos con casos a la inversa, es decir, de aficionados que buscan entradas.
También hay anuncios más discretos, en los que, por un euro, venden dos bolígrafos y regalan las entradas, de modo que se entiende que el precio de los tiques se negocia una vez que hay un encuentro cara a cara o a través de mensaje privado en la web.
La compra-venta de entradas de reventa online no está regulada por ley de manera directa. En el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que es de 1982, solo parece referencia a la prohibición de la venta en la calle:
«Queda terminantemente prohibida la venta y la reventa callejera o ambulante de localidades. Al infractor, además del decomiso de las localidades, se le impondrá una multa, especialmente si se tratara de revendedor habitual o reincidente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de este Reglamento».
Por ello, esta práctica se considera alegal. Se ha anunciado una regulación específica, que se redactará entre el Gobierno central y las comunidades autónomas, para regular estos casos y, sobre todo, el de la venta de tiques de conciertos online, donde los casos de reventa desvelaron auténticas estructuras de lucro a costa de los fans.