@Noudiari/Fiesta Hotels y Resorts S.L, ha anunciado esta tarde que recurrirá la sanción de 12.001 euros interpuesta por el Ayuntamiento de Sant Josep por exceso de ruido en el hotel-concierto Ushuaïa, que según el Consistorio triplicó los niveles máximos permitidos por la normativa, según los resultados obtenidos en tres mediciones sonométricas realizadas en julio de 2015.
En un escrito, la empresa ha asegurado que las mediciones realizadas «son nulas» y ha querido hacer una serie de «aclaraciones» en torno al comunicado remitido este jueves por la mañana por el Consistorio para dar a conocer la sanción.
Según Fiesta Hotels, «en primer lugar resulta sorprendente que un Ayuntamiento envíe una nota informativa que incluye los datos de un expediente que no es firme ni público». «La sanción no es firme, fue notificada el pasado 11 de mayo, y la empresa interpondrá los recursos correspondientes», ha anunciado.
La denuncia fue retirada
Asimismo, ha señalado que el expediente tiene su origen «en una única denuncia de un particular, que no es vecino de Sant Josep, formulada días antes de la inspección sonométrica por motivos ajenos a procurar su bienestar».
«Denuncia que posteriormente retiró», señala la empresa, que añade que «la sonometría no se realizó el día de la denuncia, el 29 de junio de 2015, ni a la hora en la que presuntamente el denunciante no podía descansar, sino dos semanas más tarde».
Se sumó el ruido de fondo
La empresa ha cuestionado que a pesar de que sus técnicos, que son «ingenieros acústicos», entienden que «las mediciones son nulas», el Ayuntamiento no ha aceptado ninguna alegación. «Para rechazarlas inexplicablemente se remite al manual de instrucciones del sonómetro en vez de motivarlas de contrario técnicamente con un informe contundente de algún experto cualificado», ha criticado.
En este sentido, la empresa ha negado que existan tres sonometrías «sino tres mediciones en un mismo punto y no como es preceptivo en tres puntos distintos». «Además, el ruido de fondo no atribuible a Ushuaïa se midió erróneamente por lo que, si se hubiese tenido en cuenta el existente, en ningún caso podría considerarse exceso de ruido».
«No se triplican el máximo de decibelios»
La empresa también ha añadido que el máximo permitido en horario nocturno «son 53 dB y no 20dB, por tanto, no se triplica el máximo de decibelios».
«La infracción es considerada muy grave ya que la franja horaria entre las once y las doce es considerada actualmente como horario nocturno. A título informativo cabe destacar que cuando se obtuvo licencia el horario nocturno estaba establecido a partir de las doce, hasta las doce era horario diurno con unos límites hasta 63 dB», ha aclarado.
Según la empresa, «la mayoría de los municipios que viven de la actividad turística en las Islas Baleares consideran horario diurno hasta las 00:00 horas». En esta línea, ha remarcado que los eventos de Ushuaïa Ibiza Beach Hotel «finalizan a las 00:00 horas».
Que cara, cinco años haciendo ruido que se escucha a kilometros y encima se quejan.
De todo lo leido arriba me quedo con «resulta sorprendente que un Ayuntamiento envíe una nota informativa que incluye los datos de un expediente que no es firme ni público”.
Si bien a mi no me resulta sorprendente.
Salu2
Pero qué listos son.
No se a quien se refiere pero los listos lo suelen tener muy facil gracias a los tontos, asi en general.
Salu2
Ya están los amiguitos de «Anda que» haciendo de las suyas, anulando expedientes, pasándose los horarios municipales por el forro, etc etc etc
Vd. es tonto y se empeña en demostrarlo.
Salu2
Están en su derecho.De la misma manera que no tienen derecho a actuar como una discoteca al aire libre.
Parejita, dosificad el romance….primera boda de noudiari¿¿
Tan mal me quieres XDDDDD….
Enfin…
No quieren pagar una birria de multa cuando venden botellas de champán a 100.000 euros a la chusma mafiosa del exceso, la chabacanería y la ostentación obscena. Mientras los campos de refugiados petan, esta gentuza se aburre dilapidando de manera asquerosa la pasta que roban «legalmente».
Debe entenderse que si a vd. le ponen una multa por ir a 300 por Bartolome Rossello con un mehari prestado y como la multa no es muy elevada vd. sin mas…. ¿ va y la paga ? Y la paga porque vd. tiene tal o cual poder adquisitivo.
Enfin…
Puedo entender que uno por ahorrarse follones y por eso del no discutir trague.
Yo no tragaría y animo a no tragar.
Le preguntaban a un mardito capitalista que como habia llegado a atesorar su fortuna y respondio :
– vd. si se le cae un duro al suelo ¿ lo recoge ?
El otro
– pues claro que si
Y se le dijo:
– pues yo no dejo que llegue al suelo.
Imagino son diferentes formas de verlo…
La administración vaga y desconocedora de tramites no pide banderas azules pero multa, poco, a uno que supone sobrado… y el sobrado…. No dejacque el duro llegue al suelo.
Y la administración enfadada y en ridiculo.
Lo de mezclar con campos de refugiados es simple simplismo con alta dosis de bajeza
Salu2
Menudas memeces que escribe usted… estre todas la mayor, que es un empresario con trabajadores a su cargo… anda ya!!! juasjuasjuas que no todos los ciudadanos son tan retrasados como usted se imagina
Puede, pero con vd. seguro que acierto y se empecina en demostrarlo… ya le dije.
Salu2
Pensaba que diría que son nulos por aquélla vez que se enteraron de que se iba a hacer la sonometría y a David Guetta se le «estropeó» el sistema de sonido.
12.000 euros es algo irrisorio si, como toda Ibiza sospecha, Ushuaia excede los límites de sonido que pueden producir.
No hacen falta sonometrías para saber que este lugar supera de forma permanente el nivel de ruido que los vecinos podemos soportar.
Totalmente cierto, cualquiera puede comprobar in situ que se supera un nível de ruido que pueda ser aceptable para la ciudadanía de los alrededores… las sonometrías son necesarias para denunciar el caso a nivel administrativo, para que el Ayuntamiento abra cuantos expedientes sancionadores sean necesarios, y en cualquier caso, se tramiten los preceptivos procedimientos judiciales, que en última instancia, se tendrán que acabar tramitando, previsiblemente, de carácter penal
Es que el mundo no funciona así.
Sería como dar por cierto que el otro que le comenta esta todo endrogao y afectado por dios sabe qué…. pues por mucho que lo demuestre y lo parezca se hacen falta mediciones… mediante drogotest homologados y reconocidos por la administración… y efectuar las mediciones conforme a protocolo…. y levantar un acta y elevar la propuesta de sanción… y comunicarla en tiempo y forma y atender a los recursos y tal.
Todo un trámite… como con las banderas azules.
Osea todo un procedimiento administrativo regulado en base a norma.
No vale oreja al ras, ni la de Pavarotti.
Salu2
Quién va a denunciar al ayuntamiento de Ibiza, Por lo de summit?
El ayuntamiento de Ibiza va a denunciar al lio?
Quién va a denunciar a los aviones que me pasan por encima de la cabeza cada dos minutos toda la noche?
Qué pasa con la pequeña multitta a los locales por cerrar cuando le da la gana?
Y el after en medio de san Antonio del Eden, publicitado en los carteles??
En esta isla todo parece culpa del mismo, que en verdad molesta, pero cualquier día de estos le van a echar la culpa por la muerte de manolete.
Es que hay sonidos ideológicos… como el de algunas flautas.
Salu2
La normativa de ruidos, estatal y autonómica realmente incluye tres periodos, el diurno, el vespertino y el nocturno, por lo que a niveles de incisión sonora se refiere, así que dudo que a las doce acabe el diurno… Es mas que obvio que dicho establecimiento es una fuente de contaminación acústica… y ya no hablemos de la lumínica!
Audiencia Provincial de Cádiz
Sentencia de 4 Jun. 2013
Vecino afectado por el ruido procedente de la pista multiusos de la urbanización: vulneración de su derecho a la intimidad. Una exposición prolongada a elevados niveles de ruido merece la protección dispensada al derecho fundamental a la intimidad personal y familiar en el ámbito domiciliario
Tribunal Supremo
Sentencia TS, 22 Oct. 2014, Sala de lo Penal 713/2014
DELITO Contra el Medio Ambiente
Condena de 4 años de cárcel y a pagar una indemnización de 24.000 euros a una familia afectada por el exceso de ruido; al propietario del bar «Los Cazadores», Granada.
Tribunal Supremo
Sentencia 20/06/07. Sala Penal
La música de intensidad excesiva de un vecino molesta a otro en Montgat (Barcelona).
Anulación de sentencia absolutoria de 3/2/2006 de AP de Barcelona . Delito contra el medio ambiente con la agravante del art. 326 b) CP. Eximente incompleta de trastorno psíquico. Dos años de prisión.
pero cual es el problema? la sancion o quien se le pone la sancion, porque si la ley dice tal. que se le haga cumplir la ley sea quien sea y punto.y que el Ayuntamiento cumpla.