@Noudiari/ La Alianza Mar Blava ha presentado ante la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural (DGCEAMN) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) una solicitud de terminación del expediente del proyecto de prospecciones petrolíferas «Campaña sísmica en áreas libres del Golfo de León frente a las costas de Cataluña y Baleares», promovido por la empresa Services Petroliers Schlumberger, dado que ésta empresa no ha presentado la documentación requerida por el MAGRAMA en el plazo otorgado por la ley.
“En estricta aplicación de la ley y del procedimiento establecido, el MAGRAMA debe proceder de inmediato a dar por finalizado el procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto de prospecciones petrolíferas de Schlumberger en el golfo de León”, ha declarado Carlos Bravo, Coordinador Técnico de la Alianza Mar Blava.
Desde la Alianza Mar Blava recuerdan que el pasado 21 de diciembre de 2015, después de varios meses de lucha jurídica de la Alianza Mar Blava contra la tramitación irregular de este proyecto de prospecciones, la DGCEAMN confirmó a la Alianza que, tal y como ésta solicitaba, procedía volver a sacar a información pública y consulta a Administraciones y entidades interesadas el expediente 20140045, debido a las graves deficiencias del estudio de impacto ambiental y del estudio de impacto acústico del proyecto, que deberían subsanarse.
Informacón adicional
En consecuencia, el 19 de febrero de 2016 la Subdirección General de Evaluación Ambiental de la DGCEAMN requirió a Schlumberger, conforme al artículo 40.3 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre evaluación ambiental, para que procediera a restringir el área de adquisición sísmica y para que aportara información adicional relativa a alternativas técnicas, un nuevo estudio acústico, actualización del inventario de especies, revisión del programa de mitigación acústica y procedimiento de observación, evaluación sobre el ciclo vital completo de especies de interés comercial, evaluación de los efectos acumulativos y sinérgicos, y un largo etcétera.
Conforme al citado artículo 40.3 de la Ley 21/2013, el plazo otorgado para ello a Schlumberger fue de tres meses con suspensión del plazo para la formulación de la declaración de impacto ambiental. El requerimiento tuvo salida del MAGRAMA el 22 de febrero de 2016.
La propia Subdirección General de Evaluación Ambiental recuerda en su escrito a Schlumberger que: «Si transcurridos tres meses Services Petroliers Schlumberger Sucursal en España no hubiera remitido la información requerida […], el órgano ambiental dará por finalizada la evaluación de impacto ambiental ordinaria, notificando al promotor y al órgano sustantivo la resolución de terminación.» (Artículo 40.3 de la Ley 21/2013).
Plazo de tres meses
Así pues, el plazo máximo para que Schlumberger hubiera respondido al requerimiento era de tres meses, plazo que ha transcurrido sobradamente sin que Schlumberger haya aportado al MAGRAMA la documentación requerida.
Por lo tanto, procede terminar la evaluación conforme a lo establecido en la norma. El órgano ambiental (MAGRAMA) no cuenta con margen de discrecionalidad para actuar cuando la promotora no responde en tiempo y contenido, sino que está obligado a finalizar la evaluación ambiental en trámite. Ello se deduce necesariamente de la expresión «dará por finalizada la evaluación» que utiliza la ley ya que no deja otra opción posible.
Por todo ello, la Alianza Mar Blava, conforme a lo razonado en su escrito, exige a la DGCEAMN del MAGRAMA a que proceda de inmediato a dar por finalizado el procedimiento de evaluación de impacto ambiental relativo al proyecto «Campaña sísmica en áreas libres del Golfo de León frente a las costas de Cataluña y Baleares» y promovido por Services Petroliers Schlumberger Sucursal en España.