@Noudiari/El Govern balear ha presentado hoy a los miembros de la Mesa de la Vivienda el texto inicial de la primera Ley de la Vivienda, cuya tramitación se iniciará en breve, y que tiene entre sus objetivos «incrementar la disponibilidad de viviendas de alquiler a precio asequible o alquiler social» en la comunidad autónoma.
Para ello, una de las principales medidas será la creación del ‘Registro de viviendas desocupadas’, que se nutrirá tanto de pisos procedentes de desahucios hipotecarios como de grandes tenedores de pisos que los tengan vacíos durante un mínimo de dos años.
Según ha informado el Govern, la ley obligará a los grandes tenedores a inscribir las viviendas vacías de las que dispongan en el Registro de viviendas desocupadas, «bajo la advertencia de una sanción en caso de que no lo cumplan».
Deberán cederlas temportalmente al Instituto balear de la Vivienda (Ibavi) que las gestionará en alquiler social durante tres años.
Más de diez pisos
La ley considerará grandes tenedores «a las personas físicas y jurídicas que, directa o indirectamente, participan de manera activa en el mercado de la vivienda y tienen diez viviendas o más en propiedad, alquiler o usufructo». «Tienen que desarrollar una actividad económica con las viviendas; no basta la mera tenencia», ha detallado el Govern.
Asimismo, considerará la vivienda desocupada aquella que «lleve un mínimo de dos años» en esta situación, un criterio que choca con los reclamado desde el Consell de Ibiza, que pide que se reduzca a seis meses, para fomentar el alquiler anual en la isla.
Además de ceder las viviendas vacías, los grandes tenedores también tendrán que ofrecer a las personas que se encuentren inmersas en un proceso de desahucio hipotecario la posibilidad de quedar en la casa pagando un alquiler social, o una alternativa habitacional.
Como segunda medida para obtener más viviendas, la ley reforzará el programa de cesión voluntaria de viviendas de particulares a cambio de su reforma.
Acompañamiento al ciudadano
La ley también prevé la creación de un servicio de acompañamiento en materia de vivienda, universal y gratuito, para todos los ciudadanos, que estará integrado en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI).
El objetivo del servicio es guiar al ciudadano en situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda, porque no puede pagar el alquiler o el préstamo hipotecario, y asistirlo con información en procesos de compra, alquiler o financiación de la vivienda para la correcta defensa de sus derechos.
Pobreza energética
«La ley extiende su protección a los derechos de toda persona a poder disponer de los suministros básicos de agua, gas y electricidad, y fija mecanismos que eviten que se prive de estos servicios a las familias que se encuentren en situación de pobreza energética», ha informado el Govern.
Concretamente, determinará que las empresas comercializadoras, antes de ejecutar un corte de suministro, deberá pedir un informe a los ayuntamientos para saber si la persona deudora se encuentra en situación de pobreza energética, y en ese caso no se podrá realizar el corte. Se establecerán los tiempos y canales para solucionar la situación.
Las VPO nunca perderán su condición
Asimismo, con el fin de garantizar la existencia suficiente de viviendas de protección oficial, «todas las nuevas promociones mantendrán para siempre su calificación como VPO, de manera que nunca se podrán vender por encima del precio que se establezca para las viviendas protegidas». La medida no afecta a las VPO existentes en la actualidad.
Para combatir el fraude, se establecerán las limitaciones de uso de las viviendas protegidas, y se prohíbe cualquier uso que no sea el de domicilio habitual. El depósito de las fianzas de los contratos de alquiler será obligatorio y habrá sanciones si no se cumple. Será necesario acreditar el depósito de la fianza para poder tener el alta de suministros.
Todas las medidas que fija la futura ley de la vivienda son de obligado cumplimiento y se concreta un régimen sancionador detallado para penalizar los incumplimientos.
Las sanciones previstas pueden ir de los 60 a los 3.000 euros en caso de infracciones leves hasta multas de entre 30.001 y 90.000 euros para las infracciones muy graves. El importe de las sanciones se destinará siempre a políticas de fomento de la vivienda pública.
Bancos y entidades inmobiliarias
Según la presidenta del Govern balear, Francina Armengol, la ley “incorpora aportaciones de las entidades e instituciones que forman parte de la Mesa de la Vivienda y se marca como principal objetivo facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda”.
Francina Armengol ha destacado “las aportaciones y contribución de la Mesa”, en colaboración con el Govern de les Illes Balears, que ha asegurado que está “comprometido con los ciudadanos para garantizar el acceso a una vivienda digna y en la lucha contra la pobreza energética”.
El planteamiento de la futura ley, según ha descrito el conseller de Territorio, Energia y Movilidad, “parte de la problemática que ha evidenciado la crisis económica: la soledad y la desinformación que han sufrido muchas personas que se han visto afectadas por desahucios».
Paradójicamente, Pons ha recordado «la existencia de un parque de viviendas vacío y creciente en manos de grandes tenedores (especialmente, los bancos y las entidades de carácter inmobiliario), mientras se dificulta cada vez más el acceso a una vivienda a precio asequible”.
A treballar com a capitalistes per a viure com a comunistes …jajajaja aquesta llei no va a cap lloc …
Els polítics rojos sols volen tenir els palacetes ells …
Esta «panda»cada vez se parece más a los politicos de la
era sovietica y a los bolivarianos de hoy en dia.
Si quieren los pisos, comprenlos a precio de mercado.
Si no les auguro una lluvia de demandas y recursos.
Artículo 47 de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.