@Noudiari/El Ayuntamiento de Sant Antoni ha informado hoy que tiene previsto aprobar este miércoles inicialmente la nueva ordenanza de ocupación de la vía pública que limita el horario de las terrazas y a través de la cual «se ordenará el espacio urbano para que los intereses generales prevalezcan sobre los particulares», ha informado el Consistorio.
El concejal de Urbanismo, Juanjo Ferrer, ha señalado que se ha intentado consensuar esta ordenanza a través de un período de consulta previa, en el que se han mantenido reuniones con todas las asociaciones empresariales y particulares interesados.
El Ayuntamiento ha recibido nueve sugerencias por escrito que se han incorporado en buena parte a la normativa mediante diferentes modificaciones.
«Con los cambios ahora introducidos se ha intentado evitar al máximo cualquier arbitrariedad en la aplicación de la norma y se ha ampliado el horario general autorizado a las terrazas y ocupaciones de establecimientos, que será de 8.00 a 24.00 horas con la posibilidad de que aquellos establecimientos que carezcan de actividad musical puedan obtener una ampliación hasta las dos de la madrugada», ha anunciado Sant Antoni.
En concreto, la ordenanza que se llevará este miércoles al pleno restringe a las 00.00 horas en cierre de las terrazas, con la posibilidad de ampliar hasta las 2.00 horas para los bares sin música, cuando la normativa anterior permitía mantenerlas abiertas hasta las 4.00 horas. Sí amplía una hora el cierre con respecto a la propuesta inicial, que pretendía el cierre de las terrazas las 23.00 horas.
Evitar ruidos y molestias
En cualquier caso, la prolongación hasta las 2.00 horas se tramitará mediante decreto tras la aprobación de la nueva ordenanza en la que, según Ferrer, hay dos premisas fundamentales: “Que el espacio público sea público y que se eviten al máximo los ruidos y molestias a los vecinos”. Tras la aprobación inicial, en cumplimiento del procedimiento legal, se abrirá un plazo de alegaciones.
En materia de sanciones, las infracciones leves supondrán multas de 200 hasta 750 euros; las graves, de 750,01 hasta 1.500 euros y las muy graves, de 1500,01 hasta 3.000 euros. En el supuesto de faltas graves, además de las multas, se podrá imponer la suspensión de la licencia hasta dos meses. Cuando haya faltas muy graves se podrán aplicar sanciones complementarias como la suspensión de la licencia hasta tres meses, la revocación de la autorización y la inhabilitación para obtener otra licencia durante el plazo de un año.