@Noudiari/ El conseller balear de Medi Ambient, Vicenç Vidal, ha presentado esta tarde el borrador del decreto para la protección de las praderas de posidonia de Balears.
En este documento se establece que quedará prohibido fondear sobre posidonia así como la prohibición de la pesca de arrastre, la ubicación de instalaciones de acuicultura, las extracciones de áridos, el vertido de materiales dragados, el vertido de salmueras procedentes de desaladoras y el fondeo incontrolado.
En el documento se señala que se creará un fondo económico, que se nutrirá de las aportaciones que haga la Comunidad Autónoma, otras administraciones, empresas, asociaciones, etc. y de las medidas compensatorias de actuaciones que afecten el hábitat y la especie.
Los objetivos de este fondo será realizar una seguimiento del estado de conservación de las praderas, reforzar las medidas de vigilancia, apoyar las acciones de eliminación de impactos y restauración así como desarrollar otras acciones que contribuyan a la defensa y sostenibilidad de las praderas de posidonia.
Por otro lado también se regula el uso que debe hacerse de los restos de posidonia. El borrador señala que se prohíbe la retirada, la posesión, el transporte y el uso de restos de posidonia muerta en las playas naturales sin servicios, a excepción de las prácticas destinadas a usos tradicionales y con métodos manuales. En cambio, se puede autorizar a las playas naturales con servicios determinando el método y las zonas de extracción de acuerdo con las características ambientales y geomorfológicas del lugar. En cuanto a las playas urbanas, y por razones socioeconómicas, se permitirá la retirada siguiendo el manual de buenas prácticas que recoge el mismo decreto.
Desde el ejecutivo balear señalan que todos aquellos vertidos derivados de emisarios autorizados en el momento de la entrada en vigor de este decreto, tendrán un plazo de cinco años para presentar un proyecto de adecuación de la actividad para hacerla compatible con el estado de conservación favorable de la posidonia. Además, se deberán ajustar a este articulo todas aquellas instalaciones existentes y autorizadas que puedan suponer un riesgo para la posidonia.
El régimen sancionador se establece por medio de la Ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO) y por la ley estatal. Sin embargo, se exonerará de responsabilidad siempre que la pradera no sea visible, no esté señalizada y no haya cartografía oficial a disposición física o telemática del patrón de la embarcación. Por este motivo, el Decreto contiene una cartografía propia de las praderas y las clasifica según el valor.
En este sentido, desde el ejecutivo balear declaran praderas de gran valor las ubicadas en Talamanca, Porroig, Sa Torreta de s’Espalmador o EsPujols. Por contra, Ses Salines, s’Alga- en s’Espalmador-, Caló de s’Oli o la futura zona de fondeo de Talamanca están declaradas como ‘a restaurar’, es decir, son zonas degradas por actividades humanas.
Ya era hora!!!!
Pero si el dinero ya lo tenéis desde hace años… inútiles!!!
El Consorcio Ibiza Patrimonio de la Humanidad se creó para esto…
Presupuesto desde el 2001=42 millones de euros.
Gastado en proteger la Posidonia Oceánica=0.
Eso sí, Vara de Rey, Plaza del Parque, La Marina, Sa Penya, etc… barra libre.
Inútiles todos, políticos, ecologistas salvapatrias, periodistas pseudopolíticos… todos.