@Noudiari/ Los servicios técnicos del Ayuntamiento de Sant Antoni han concluido el informe relativo a las infracciones urbanísticas detectada en la vivienda situada en el número 2 de la calle General Gotarredona, más conocida como el ‘chalet patera’, que alberga a un centenar de personas.
El departamento de Urbanismo y Actividades incoará expediente para la adopción de medidas de restablecimiento de la legalidad en este inmueble y la reposición de la realidad física alterada, puesto que las obras detectadas son «incompatibles con la ordenación urbanística», han apuntado desde el Consistorio.
Medidas adoptadas
La adopción de dichas medidas supondrá la «demolición y desinstalación» de todos aquellos elementos o edificaciones levantados sin autorización y fuera de ordenación, así como el establecimiento de prohibiciones de uso y la imposición de una sanción económica que podría superar el millón de euros, ya que esta es la cuantía en la que se han valorado los diferentes actos edificatorios llevados a cabo sin la licencia preceptiva.
El informe elaborado por el Consistorio se ha remitido a la dirección general de Arquitectura y Vivienda del Govern balear, al Consell de Eivissa, a la Agencia Tributaria estatal, a la Agencia Tributaria de Balears (ATIB) y Agencia Española de Protección de Datos por si los hechos reflejados en este documento «fueran constitutivos de infracciones o delitos de su competencia».
Documentación a Fiscalía
Paralelamente, el Ayuntamiento remitirá también este informe y los expedientes con él relacionados a la Fiscalía para que esta determine si se han producido ilegalidades que excedan el ámbito administrativo.
El informe refleja lo observado por los técnicos municipales en la inspección al inmueble y deja constancia de que el propietario no permitió el paso a todas las estancias por encontrarse algunas de ellas ocupadas. Aun así, los técnicos concluyeron que se había llevado a cabo una división y redistribución de las estancias para crear nuevas habitaciones y aseos, así como ampliaciones de la edificación original en planta baja y primera para construir un almacén, salón comedor y otros espacios.
El informe técnico recoge que en el Ayuntamiento constan al menos tres boletines de denuncia vinculados a esta vivienda (2001, 2002 y 2004) por los que se llegó a dictar orden de precinto al menos en dos ocasiones sin que la medida se llevara a cabo y sin que continuara la tramitación del expediente.
Habitaciones que no cumplen las condiciones de habitabilidad
El informe emitido ahora apunta que “todas estas estancias, en su conjunto, no cumplen las condiciones mínimas de habitabilidad de acuerdo al Decreto 145/1997 por el que se regula las condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y la habitabilidad de viviendas”. Constata también que se han ejecutado sin licencia urbanística los siguientes actos: división y redistribución de estancias interiores, ampliaciones en planta baja y planta piso de la edificación original, cambio de uso de almacén a vivienda de 103,75 metros cuadrados y construcción de piscina en el retranqueo.
De manera más específica, se detalla que existen dependencias que no disponen de aberturas para la circulación del aire, que los vestíbulos y pasillos de acceso no tienen el ancho mínimo de un metro, que existen dormitorios que no cumplen con la altura mínima de 2,50 metros y tampoco con la superficie útil mínima y otras actuaciones que incumplen el decreto de habitabilidad y el Código Técnico de la Edificación.