@Noudiari / La conselleria de Territorio, Energía y Movilidad ha iniciado el proceso de participación ciudadana para recibir sugerencias y aportaciones de la sociedad en el proceso de elaboración del reglamento de declaración de emergencia en materia de vivienda, en cumplimiento del Decreto-ley 3/2017, de 4 de agosto de modificación de la ley de turismo.
El objetivo es poder contar con aportaciones de la sociedad (particularts y también profesionales y entidades) sobre cómo tendría que ser el procedimiento y qué indicadores se tendrían que usar para detectar situaciones objetivas de grave dificultad de acceso a la vivienda que justifiquen una declaración de emergencia habitacional.
Los indicadores básicos están ya establecidos al propio decreto-ley, pero corresponde al reglamento, en el que ya se está haciendo trabajo, fijar los valores concretos de estos indicadores, ampliar el listado si se considera oportuno y establecer el procedimiento previo necesario para llegar a esta declaración de emergencia en materia de vivienda por un distrito, municipio o isla.
Los indicadores, tal y cómo fija el decreto-ley 3/2017, y que pueden ser ampliados en función del resultado del proceso participativo, son los siguientes:
a) La relación entre el número de personas inscritas como demandantes de vivienda pública de alquiler y el total de viviendas públicas en régimen de alquiler del ámbito definido.
b) La relación entre los porcentajes de evolución de precios de alquiler o compraventa de vivienda durante dos trimestres consecutivos y el porcentaje de variación del salario mediano durante el mismo periodo.
c) La proporción entre el número de viviendas comercializadas turísticamente y el total de viviendas de este tipos construidos en el ámbito de la declaración.
d) La relación entre el porcentaje de crecimiento de las licencias turísticas y el porcentaje de variación de viviendas visadas durante un periodo equivalente.
e) El multiplicador del IPREM que puede suponer el alquiler mensual por metro cuadrado o el precio de compra por metro cuadrado en el ámbito de definición, siempre que se disponga de datos suficientes en este sentido.
f) Cualquier otro que acredite de forma objetiva y suficiente la existencia de problemas de acceso a la vivienda para la población residente.
La participación se podrá concretar mediante el Portal de Transparencia del Gobierno de las Islas Baleares a partir de la próxima semana.