@B.R./ La Asociación ‘Posidonia Guardians’ ha presentado toda una serie de alegaciones al decreto para la protección de la Posidonia Oceánica, elaborado por la Conselleria balear de Medi Ambient.
Además, piden que se determine «con precisión» quiénes serán los agentes de la autoridad con capacidad sancionadora en materia ambiental.
30% del Impuesto Turístico
En relación al Fondo Posidonia, desde la asociación piden que se destine, como mínimo, el 30% de los fondos procedentes del impuesto turístico a la «conservación, vigilancia y seguimiento» de las praderas de posidonia.
Por otro lado, el colectivo reclama que se prohíba el fondeo sobre «cualquier fondo de posidonia, independientemente de su extensión», además de apuntar a la necesidad de situar los campos de boyas para el fondeo regulado «fuera de los ámbitos de posidonia». En este punto, alertan de la tendencia de las embarcaciones a vaciar las sentinas en fondeos que puedan durar varios días.
En esta línea, señalan que el número máximo autorizado de amarres en los campos de boyas debería ir «ineludiblemente» precedido de un estudio sobre la capacidad de carga de fondeo en la zona correspondiente: «De lo contrario se podrían habilitar verdaderos parkings náuticos sobre zonas muy sensibles», advierten.
Rechazan la posibilidad de instalar campos de boyas en praderas incluidas en el apartardo ‘a restaurar’. En este punto, destacan que sería «más razonable» que se evitaran las presiones originadas por los fondos «y por tanto, deberían prohibirse en tales zonas, hasta que no se tengan los elementos definitivos de localización y señalización en las cartas náuticas».
Sanciones
En relación a las sanciones, desde Posidonia Guardians apuntan a que el hecho de exonerar al patrón de una embarcación cuando una pradera no es visible es un «auténtico dislate» ya que conduce a una «total inoperancia del régimen sancionador» de la ley estatal.
A modo de ejemplo señalan que un fondeo nocturno sobre fondo de posidonda «estará siempre exonerado de responsabilidad de acuerdo laxamente en el decreto», indican. Por ello y para evitar confusión jurídica se «deberían especificar con toda claridad las zonas de prohibición de fondeo y reflejarlas en las cartas náuticas y derroteros, a otros estamentos y con formatos digitales aprovechando las nuevas tecnologías, …»
En sus alegaciones, el colectivo también señala que no tiene que haber ninguna distinción cuantitativa para definir grados de protección: «La planta es de un incuestionable valor, tanto si se halla sobre 1m2 como si se extiende sobre una superficie superior», apuntan.
En el apartado de consideraciones resaltan el «esfuerzo» que ha significado para el Govern la realización de este decreto, «largamente demandado por la sociedad y en particular, por algunos miembros de la Asociación Posidonia Guardians».