@Vicent Torres / El Ayuntamiento de Sant Antoni dejó sin luz ayer a las 12.30 horas a los huéspedes del chalé patera del número 2 de la calle General Gotarredona pese a que el pasado 30 abril no pudo ejecutar el precinto. Agustín Sales, propietario del inmueble, ha tenido que comprar un generador para que las más de 80 personas que viven en las instalaciones puedan seguir con su día a día.
Según ha confirmado una portavoz del Consistorio, la institución había solicitado el corte del suministro a partir del día 30 «en previsión de que se llevara a cabo el precinto». Como finalmente no se pudo realizar, «en consideración de que en esta vivienda reside un número indeterminado de personas distintas del titular, y para salvaguardar sus derechos, se ha enviado un nuevo decreto solicitando que se deje sin efecto la instrucción anterior». Endesa restablecerá la luz «a la mayor brevedad posible».
Auxilio judicial y multas coercitivas
Sant Antoni ha pedido «auxilio judicial» para poder precintar el chalé patera después de que el propietario impidiera hoy el precinto de la vivienda sin una orden judicial.
Además de la vía judicial, la administración municipal iniciará a partir de ahora la imposición de multas coercitivas. Por una parte, superado el plazo para presentar proyecto de demolición, el Consistorio impondrá multas por valor del 10% de la obra, es decir, unos 106.000 euros mensuales.
Por otro, también se le multará por no paralizar los usos. En este caso, estas sanciones también ascienden al 10% del valor de la obra con una periodicidad mínima de diez días. Esto supondría que Sales debería enfrentarse a multas mensuales por valor superior a los 212.000 euros, en función de la periodicidad con que se impongan las segundas. En el caso de las primeras sanciones se pueden prolongar durante un año. Después, ya sería el Ayuntamiento quien, subsidiariamente, podría demoler el inmueble.
Agustín Sales no ha querido hacer declaraciones a Nou Diari.
Claro, y la demolicion y precinto sin esperar la orden judicial tambien era una consideracion no? Venga ya!
La Ley de Urbanismo dice que ante usos y obras ilegales se deberá solicitar el corte de suministros a las empresas respectivas, por tanto a que viene eso de rectificar el decreto? Pero que flojo y poco eficiente que es este Ayuntamiento!!
La ley de Urbanismo Balear entonces no ampara los derechos fundamentales que refleja la constitución española. Por lo tanto, es derogable
Pues no es justamente en este apartado en donde el Gobierno Central ha puesto reparos “señor magistrado del Constitucional” :))
Uffff, eso suena a delito de coacciones, pero mejor que lo diga un juez que para eso cobra.