Grupo de afectados en la promoción Aquam de VPO situada en el Camí Vell de Sant Mateu
Se recogen los hechos y acciones realizadas por los afectados. Al ser varias personas, no todos han hecho los mismos pasos o se han hecho pasos en paralelo que quedan aquí recogidos. No obstante, sirva este escrito para denunciar el agravio que se está produciendo en relación a la promoción de vivienda de protección oficial en Puig d’en Valls.
Hechos
El 24 de mayo de 2018 se anuncia en un diario local que se ejecutarán 49 viviendas a precio tasado en régimen de cooperativa (Anexo I). Además, en la propia web del Ayuntamiento de Santa Eulària se indica que se ha pactado con la promotora Salas Serveis que las personas empadronadas en Puig d’en Valls tendrán preferencia a la hora de adjudicar las Viviendas de Protección Oficial (VPO) (Anexo I).
A raíz de la noticia, del día 24 de mayo de 2018, algunos nos dirigimos al Ayuntamiento para indicar por Registro de Entrada que estábamos interesados en la próxima promoción de VPO en Puig d’en Valls. Esto se hizo porque así lo sugería la noticia ya comentada.
Paralelamente, a principios de julio de 2018, contactamos con la promotora Salas Serveis para pedir información sobre la nueva promoción de VPO. El día 5 de julio, la promotora nos indica mediante un correo electrónico que empezará la comercialización de dichas VPO, indicándonos dos modos de confirmar nuestro interés: especificando si se está o no empadronado en Puig d’en Valls. Se indica que si bien se priorizarán las confirmaciones de vecinos de Puig d’en Valls, otros no residentes en el pueblo también podrán confirmar, aunque no tendrán prioridad (Anexo II).
El día 10 de julio de 2018, Salas Serveis, juntamente con S’Illa Blanca, hacen saber vía correo electrónico a todos los interesados en la promoción que es requisito indispensable estar registrado como demandante de vivienda en el IBAVI (Anexo III).
Posteriormente, el día 12 de julio, el Ayuntamiento de Santa Eulària nos contacta vía telefónica a los empadronados en Puig d’en Valls, para explicarnos que debemos ponernos en contacto con la promotora Salas Serveis si queremos conocer más detalles de la promoción. Al día siguiente, el 13 de julio, el Consistorio contacta con los no empadronados para darles la misma información.
A continuación, el mismo día 12 de julio, hacemos como se nos indica desde el Consistorio y contactamos con Salas Serveis para indicar nuestro interés. Se nos remarca que debemos estar registrados en el IBAVI y se nos indica que están en proceso de generación de la lista de solicitantes.
Más adelante, el 24 de agosto de 2018, se tiene conocimiento de que S’Illa Blanca, junto con Salas Serveis, están contactando con residentes en Puig d’en Valls para que confirmen su interés en la promoción de viviendas con protección oficial en régimen general y bajo modelo cooperativo y explicándoles las condiciones económicas para adquirir las viviendas (Anexo IV). Comentar que una de las características de dicho contacto es que se indica que el orden de entrevistas personales se hará conforme el registro entregado por el IBAVI. Además, desde Salas Serveis se dice que se debe enviar un correo electrónico confirmando el interés en la promoción de viviendas.
A la semana siguiente, algunos de los aquí firmantes detectamos que no se está respetando el orden para contactar con los demandantes de vivienda. Tales condiciones, expuestas por Salas Serveis en el mes de julio de 2018, son estar empadronado en Puig d’en Valls y estar registrado en el IBAVI.
A raíz de las incongruencias detectadas, varios de los afectados nos ponemos en contacto entre nosotros para comentar lo que sucede, y es cuando se descubren nuevas comunicaciones de la promotora Salas Serveis en las que se exponen nuevas condiciones económicas (Anexo V), y diferentes semanas para contactar con la promotora para recibir atención comercial.
Finalmente, el día 7 de septiembre de 2018, Salas Serveis se pone en contacto con algunos de nosotros vía correo electrónico, para indicar que si ha habido algún error en el orden de registro de nuestras solicitudes, por parte del IBAVI, lo comuniquemos mediante el envío del justificante de inscripción (Anexo VI).
Argumentación
Ante los hechos relatados anteriormente, no se entiende cómo se está gestionando la entrega de las viviendas de la promoción en Puig d’en Valls. Parte de los afectados han realizado todos los pasos indicados por la promotora. Estos mismos afectados, pese a haber realizado todos los pasos, todavía no han sido contactados por la promotora.
Por otro lado, se tiene constancia de que la tramitación de los registros telemáticos en el IBAVI lleva mucho retraso, hecho que perjudica a algunos demandantes de vivienda, ya que no se les ha contactado y no figuran en ninguna lista, a pesar de cumplir con los requisitos ya comentados.
Resulta de especial interés que a raíz de varias quejas, tanto al IBAVI como a la propia promotora (e incluso al Grupo Partido Popular de Santa Eulària vía Redes Sociales), se envíe esa última comunicación el 7 de septiembre de 2018.
Relacionado con esto, y siendo que solo existen tres requisitos, también llama la atención que no existan ningunas bases de adjudicación aunque la gestión sea privada, ni por parte del Ayuntamiento de Santa Eulària ni por parte de la promotora.
Otro punto conflictivo es que se entreguen cartas solicitando confirmación en el interés por la promoción a personas que, si bien están empadronadas en Puig d’en Valls, nunca han confirmado su interés en la promoción y de hecho nunca han tenido conocimiento de esa promoción.
Finalmente, las diferentes cartas adjuntadas en los anexos y con condiciones económicas diferentes restan mucha transparencia al proceso de adjudicación.