@Vicent Torres / El Consell de Formentera asegura que «tendrá en cuenta» el informe «no vinculante» de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que alerta sobre la falta de justificación de algunas medidas restrictivas del Reglamento de Comercialización de Estancias Turísticas.
La presidenta Alejandra Ferrer ha afirmado que se están estudiando las recomendaciones de la CNMC para tenerlas en cuenta antes de la aprobación definitiva de la norma, aunque ha remarcado que muchas de las observaciones del informe son a la propia Ley de Turismo del Govern balear y que, en otros casos, el reglamento hace suyas algunas de las restricciones que recoge el Plan Territorial Insular (PTI), como la zonificación o el techo de plazas.
En este sentido, la máxima institución insular hace hincapié en que no excluye la posibilidad de comercializar con este tipo de alojamientos en zonas turísticas y que la restricción se ciñe a la normativa ambiental o que queda condicionada a la modificación del planeamiento.
Donde sí se prohibe según el PTI es en los núcleos residenciales de Sant Francesc, ses Bardetes, Sant Ferran y la Mola.
Xarxa Natura y Parque Natural
Además, en base al informe de la Comisión de Medio Ambiente de Balears (Cmaib) se ajustó la zonificación y no está permitido la comercialización de nuevas estancias en las zonas delimitadas como Xarxa Natura 2000 y el Parque Natural, a excepción del núcleo de la Savina.
«En relación al cupo de plazas, entendemos que el mismo está correctamente justificado, ya que el reglamento se limita a recoger las previsiones de la norma de planeamiento. El reglamento no fija ni limita las plazas, regula el procedimiento de alta de las viviendas. La fijación del techo de plazas se realiza a través del PTI y no a través del reglamento», ha indicado Ferrer a través de un comunicado.
Otra de las cuestiones que la CNMC descartó «por no tener justificación aparente» fue la limitación de 60 días de la comercialización de las viviendas turísticas. En este caso, Formentera vuelve a incidir que lo regula la Ley 8/2012 y no el propio reglamento, un caso idéntico al que, según el Consell, sucede con el precio de cada plaza, la prohibición de que una persona pueda comercializar con más de tres viviendas turísticas de su propiedad o la cuestión del seguro.
«En relación al Plan de calidad, tomamos nota y miraremos si podemos mejorar o facilitar para cumplir con las recomendaciones de la CNMC pero siempre con absoluta observancia de nuestra normativa autonómica», concluye Alejandra Ferrer.