El pleno del Ayuntamiento de Sant Antoni incluirá en el orden del día del próximo pleno una propuesta de resolución para la aprobación inicial del Plan Especial de Protección (PEP) del conjunto histórico-artístico del Bien de Interés Cultural (BIC) de la iglesia de Sant Antoni.
El objeto del PEP, que afecta a un radio de 250 metros a alrededor de la iglesia, es la regulación de los elementos y espacios que integran el entorno de protección de la iglesia, así como la conservación de su imagen histórica.
De esta forma, el plan pretende ordenar el ámbito del conjunto declarado BIC con un régimen más restrictivo que el establecido en el Plan General de Ordenación (PGOU). Entre las principales características de la protección destaca que se mantienen la mayoría de edificaciones existentes, restringiendo su sustitución, y se desautoriza el incremento de altura y número de plantas de las edificaciones existentes.
En los casos de sustitución de inmuebles, se debe mantener el número de plantas siempre que esté por debajo de las cuatro plantas permitidas por el PGOU. Además, se determinan para las parcelas una altura y número de plantas de acuerdo con la media del tramo de calle donde se sitúan y se reduce la edificabilidad permitida por el PGOU en el ámbito, de 9.111,20 metros cuadrados de techo lucrativo a 7.053,90 metros cuadrados.
A partir de su aprobación, se abre un periodo de información pública durante 30 días en el que el expediente quedará a disposición de los interesados para presentar las alegaciones que se consideren pertinentes.
La concejalía de Urbanismo ha trabajo de forma intensa en los últimos meses para sacar adelante el Plan Especial de Protección de la iglesia de Sant Antoni, una de las prioridades del equipo de gobierno, lo que permitirá desatascar licencias urbanísticas de esta zona de la localidad.
Por otra parte, el pleno municipal llevará a aprobación la resolución definitiva del procedimiento de revisión de oficio del permiso de instalación para la actividad permanente mayor de quiosco-bar, en el que se establece que el acuerdo de la sesión de Junta de Gobierno Local de fecha 25 de abril de 2018 no es nulo de pleno derecho.