@LauraFArambarri/ El Consorcio de Compensación de Seguros del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación digital ha constatado, gracias a los informes remitidos por la Agencia Estatal de Meterología, que Sant Antoni sufrió un episodio de Tempestad ciclónica atípica el pasado 22 de octubre.
Tras la comprobación, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) comunica que indemnizará los daños que, como consecuencia del viento, hubieran sufrido durante los días citados los bienes asegurados y situados en dichos municipios.
Los asegurados que aún no lo hubieran hecho deberán comunicar sus daños a su entidad aseguradora para que sean atendidos por ésta, en lugar de hacerlo al CCS.
El CCS reembolsará posteriormente a las entidades aseguradoras las indemnizaciones que hubiesen abonado a sus asegurados.
Las entidades aseguradoras podrán utilizar la vía telemática de solicitud de los reembolsos mediante el Servicio “SCCS” que se encuentra disponible a través de TIREA, informa el Consorcio.
El Consorcio también atenderá a los asegurados de otras zonas del país que durante los meses de septiembre y octubre de 2019 sufrieron daños por el paso de tormentas que han generado vientos fuertes en diversas zonas muy localizadas de la península ibérica.
La Tempestad ciclónica atípica se caracteriza por:
1º.- Ciclones violentos de carácter tropical, identificados por la concurrencia y simultaneidad de velocidades de viento superiores a 96 km/h, promediados sobre intervalos de 10 minutos, lo que representa un recorrido de más de 16.000 m en este intervalo, y precipitaciones de intensidad superior a 40 litros de agua por metro cuadrado y hora.
2º.- Borrascas frías intensas con advección de aire ártico identificadas por la concurrencia y simultaneidad de velocidades de viento mayores de 84 km/h, igualmente promediadas sobre intervalos de 10 minutos, lo que representa un recorrido de más de 14.000 m en este intervalo, con temperaturas potenciales que, referidas a la presión al nivel del mar en el punto costero más próximo, sean inferiores a –6 ºC.
3º.- Tornados, definidos como borrascas extratropicales de origen ciclónico que generan tempestades giratorias producidas a causa de una tormenta de gran violencia que toma la forma de una columna nubosa de pequeño diámetro proyectada de la base de un cumulonimbo hacia el suelo.
4º.- Vientos extraordinarios, definidos como aquellos que presenten rachas que superen los 135 km/h. Se entenderá por racha el mayor valor de la velocidad del viento, sostenida durante un intervalo de tres segundos.
Los afectados se pueden informar en la web del consorcio o en sus compañías.