NouDiari / El equipo de Gobierno del Consell de Ibiza propone presentar en el pleno ordinario del próximo viernes una declaración institucional para instar a defender los pactos sucesorios al Govern balear y a los representantes de las Pitiusas en el Parlamento balear, en el Congreso de los Diputados y en el Senado.
“No puede ser que se penalice al hijo que recibe un bien de sus padres en vida porque se presuma que es un defraudador para venderlo en un futuro y tampoco se puede aceptar que todas las herencias en vida recibidas en el pasado queden afectadas por esta presunción de fraude mientras los progenitores del heredero estén vivos”, ha explicado el vicepresidente primero del Consell de Ibiza, Mariano Juan. A continuación, Juan ha criticado que se trata de una “retroactividad de la norma que graba con otra carga adicional a los herederos”.
De hecho, la institución insular recuerda que, en la actualidad, el adquirente beneficiario o instituido de los pactos sucesorios reciben los bienes por su valor real, de forma que se puede vender por el actual, sin que se considere la existencia de un beneficio a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas (IRPF). Pero con el cambio pretendido con la nueva ley esta actuación supondría un considerable aumento de tributación porque la subrogación del legatario en la valoración patrimonial inicial del causante es una subrogación ope legis que comporta “una ganancia patrimonial ficticia, agraviado por la retroactividad que se contempla en la ley”.
Además, Juan ha recordado que el Consell Ejecutivo ya ratificó el pasado viernes el acuerdo del Consejo Asesor de Derecho Civil propio de Ibiza y Formentera en relación con el ‘Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal’ y su posible repercusión en los aspectos fiscales del Derecho civil propio de Ibiza y Formentera. El principal problema de esta futura normativa estatal es que da un tratamiento incorrecto a los pactos sucesorios porque desconoce o ignora su naturaleza “mortis causa” y se les otorga el mismo tratamiento que a las donaciones cuando son negocios jurídicos por causa de muerte, igual que los testamentos.
Por esta razón, como los pactos sucesorios son adquisiciones “mortis causa”, en la liquidación del impuesto tienen que serle aplicables todos los beneficios fiscales regulados en la normativa de sucesiones. Por lo tanto, no se puede equiparar a las donaciones como pretende la ley que elabora el Gobierno central y como manifestó el Consell Asesor de Derecho Foral de Ibiza y Formentera durante la reunión de urgencia que se celebró el pasado 13 de enero. “Una institución sucesoria, como son los pactos sucesorios, no se puede transformar en otra figura, tal y como sucedería, a nuestro entender, en caso de prosperar la reforma propuesta, la cual, a la práctica, supondría una modificación de la Compilación, dado que una institución propia de las sucesiones mortis causa pasaría a ser considerada, a efectos fiscales, como un negocio jurídico inter vivos», ha advertido el Consell Asesor de Derecho Foral de Ibiza y Formentera.
Este órgano ha expresado su disconformidad con el proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal del Gobierno estatal porque, en caso de aprobarse, se produciría “una restricción de la capacidad de disponer de los bienes obtenidos por parte de las personas beneficiarias del pacto sucesorio”. Además, distorsionaría “la naturaleza de los pactos sucesorios como negocios jurídicos por causa de muerte”. “El tratamiento que da el proyecto a las ventas de bienes obtenidos a través de pactos sucesorios, si estas se celebran en vida del causante, supone una presunción de fraude, incompatible con las instituciones de derecho Civil propio de las Islas Baleares en general, y de Ibiza y Formentera en particular”, ha remarcado el Consell Asesor de Derecho Foral de Ibiza Formentera.
En la misma línea se ha manifestado el vicepresidente primero de la máxima institución insular, quien ha remarcado que los derechos históricos de Ibiza y Formentera tienen que ser respetados. “Si se quieren alterar normas que afectan directamente al derecho foral pitiuso, lo mínimo que se tendría que haber hecho es consultar al Consell Asesor, máximo órgano representativo de Ibiza y Formentera”, ha apuntado Juan. “El Consell de Ibiza y otras administraciones pitiusas tienen que adherirse a esta resolución y tenemos que unir a los diputados y senadores ibicencos para que levanten la voz de Ibiza en las Cortes. Se puede luchar contra la picardía fiscal de otras maneras”, ha remarcado el vicepresidente primero.
Además, en la declaración institucional que propone el Equipo de Gobierno del Consell (formado por el Partido Popular y Ciudadanos) para defender los pactos sucesorios se recogen los preceptos que reconocen esta figura del derecho foral pitiuso: el libro III de la Compilación de Derecho Civil de las Islas Baleares trata de «las disposiciones aplicables en las islas de Ibiza y Formentera» y contiene, en el Capítulo IV ‘De los pactos sucesorios’ (dentro del Título II ‘De las sucesiones») que todos ellos son títulos sucesorios mortis causa porque el artículo 69 de la compilación recoge en su primer apartado que «la sucesión se defiere por testamento, por pacto o por disposición de la ley».
Por último, los expertos insisten que la Constitución Española reconoce y ampara respecto a las instituciones de derecho foral existentes en cada Comunidad Autónoma. En concreto, el artículo 149.1.8 atribuye en exclusiva al Estado la competencia sobre la «legislación civil», excepto la conservación, modificación y desarrollo por las Comunidades Autónomas de los derechos civiles forales o especiales allí donde existan.