El Sindicato de Enfermería ha ganado una demanda en primera instancia consiguiendo, por primera vez en las Baleares, que una madre de familia monoparental pueda disfrutar del permiso de maternidad y de paternidad. La demanda se presentó el 23 de junio de 2021 en el Juzgado de lo Social de Ibiza. La demandante, madre de dos mellizas, había solicitado previamente al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menor que la norma actual reconoce al otro progenitor, pero éste la desestimó alegando que esta situación no se encuentra protegida por la actual Ley General de la Seguridad Social ni contemplada en el Estatuto de los Trabajadores.
Al no reconocer el INSS -órgano competente para ello- el derecho completo al descanso y a la prestación social en una sola persona que asume el papel de los dos progenitores clásicos, las Instituciones públicas dejan de prestar la misma protección a los niños que nacen en una familia monoparental. Por ello, la denegación de la ampliación del permiso puede considerarse un agravio comparativo para los niños y las niñas nacidos en el seno de estas familias frente a una familia compuesta por dos progenitores, razón que ha llevado a la jueza a destacar que, atendiendo a la realidad social, todos los niños merecen disfrutar del mismo tiempo con sus progenitores, siendo deber de los poderes públicos lograr que la conciliación suponga la integración de la maternidad y del trabajo, al margen del tipo de modelo de convivencia que cada familia haya elegido.
En este caso particular, cuyo juicio se celebró el 26 de julio de 2021, la jueza primó el interés superior de las niñas -ya que son ellas las que reciben los cuidados- basándose en la Convención sobre los Derechos del Niño y en el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales. La magistrada consideró que los derechos de conciliación y vida familiar deben ser los mismos para las familias monoparentales con la finalidad de “preservar la relación filial”.
Finalmente, la jueza ha fallado concediendo a la madre las 8 semanas adicionales, que corresponderían al otro progenitor. Actualmente, ambos tienen derecho a un permiso de 16 semanas, aunque en el año 2020 -cuando la demandante lo solicitó- eran 16 para el primer progenitor y 12 para el segundo (debiéndose disfrutar cuatro de ellas de manera inmediata a la fecha del parto).
El Sindicato considera que los derechos del menor no deben ser mermados por el hecho de formar parte de un tipo de familia o de otro, así como tampoco los de la persona progenitora monoparental, a la que corresponde el descanso y la protección completos por asumir la responsabilidad completa.
Con esta demanda SATSE podría conseguir un giro en el reconocimiento de este permiso.
¿Que es una madre enfermera soltera sindicada? pues a mi no me parece justo para el resto de familias..porque el hecho de que una persona haya decidido ser madre de forma individual no debería suponer que el resto de la sociedad pagara por ello. Otra cosa es el caso de familias en las que uno de los progenitores fallece, etc. Pero ya nos estamos pasando de rosca con ciertos derechos, y los de SATSE de esto saben muchísimo, siempre poniendo «palos a las ruedas» en vez de arrimar el hombro…