Los amarres de la dársena interior de poniente del puerto de La Savina permanecerán bajo la gestión de Port Med Formentera (bajo la denominación de Marina La Savina), adjudicataria de la instalación, con independencia de si la empresa Marina de Formentera presenta el aval necesario para ejecutar la suspensión cautelar de los actos de adjudicación del concurso acordada en primera instancia por un auto del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) del pasado 13 de enero. Así lo afirma Port Med en una nota de prensa remitida este miércoles a los medios de comunicación.
Port Med Formentera informa de que el TSJIB «no ha anulado la adjudicación, sino que se ha limitado a estimar unas medidas cautelares que, en ningún caso, representan un cambio de concesionario antes de la resolución definitiva del proceso judicial. No es lo mismo suspensión que anulación, y por supuesto no se puede equiparar un auto a una sentencia que no existe», explica el comunicado.
En este sentido, cabe recordar que tanto Port Med Formentera como la propia Autoridad Portuaria de Baleares han presentado un recurso de reposición contra el citado auto del Tribunal Superior de Justicia, en el que, entre otras cosas, se reclama que el aval para hacer efectivas las medidas cautelares sea de cinco millones en lugar de uno y medio.
Según Port Med, «no se puede afirmar, por tanto, que se trata de un asunto resuelto en firme por la justicia. Decir que Marina Formentera ha recuperado su antigua concesión es una tergiversación interesada cuya puesta en circulación no puede tener otro objeto que confundir a la ciudadanía y sembrar la incertidumbre entre los usuarios del puerto. Que no le quepa ninguna duda a nadie de que la empresa Port Med Formentera seguirá siendo mañana la gestora de los amarres de dársena de poniente de La Savina».
El TSJIB denegó el pasado 6 de febrero la pretensión de Marina Formentera de ser “repuesta” en su antigua concesión. Esta decisión judicial consta en una aclaración al auto del 13 de enero donde se afirma que las medidas cautelares están referidas, «exclusivamente, a la suspensión del pliego de bases del concurso y que en ningún caso hacen referencia a la devolución de la concesión a Marina Formentera».
«El citado auto aclaratorio es meridianamente claro cuando señala: La sociedad actora (Marina Formentera) trata de obtener en el presente recurso contencioso un resultado ya denegado”. En definitiva, «cualquier información relativa a que el TSJB ha devuelto la concesión de la dársena de poniente a Marina Formentera no responde al tenor de los hechos jurídicos conocidos hasta el momento y supone una manipulación burda de la realidad».