El Govern ha publicado este sábado las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas al alquiler de 2023 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB), que cuenta inicialmente con una dotación de 8,77 millones de euros. El plazo para presentar solicitudes se abrirá el 15 de noviembre y finalizará el 15 de diciembre, como ya se hizo en la convocatoria del año pasado, han informado desde el ejecutivo balear.
La partida de la convocatoria de 2023 asciende a 8.774.766,38 euros, de los cuales 6.574.766,38 euros provienen de fondos estatales a través del Plan Estatal de Vivienda y 2.200.000 euros de fondos propios de la Comunidad Autónoma. Esta convocatoria se dirige a personas con escasos recursos económicos y con alquileres mensuales de hasta 900 euros en su domicilio habitual. Son ayudas a los alquileres pagados durante este año.
Las ayudas cubren un máximo del 50 % de la renta del alquiler, con un límite de ayuda por vivienda de 3.000 euros anuales, y se mantienen también los límites de ingresos establecidos para poder acogerse a la convocatoria. Como regla general, los ingresos del núcleo familiar no pueden ser superiores a 24.318 euros anuales, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
Este límite se aumenta en determinados casos: hasta los 32.424 euros (cuatro veces el IPREM) si se trata de una familia numerosa de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; y hasta los 40.530 euros (cinco veces el IPREM) en el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.
Este año, se ha habilitado una página web de la nueva convocatoria de las ayudas, www.ajudeslloguer23.caib.es , donde se podrá consultar la información relativa a las ayudas y, una vez se abra el plazo, se podrán tramitar las solicitudes de forma telemática. Esta web estará operativa a partir del lunes 16 de octubre. También se podrán pedir citas presenciales para facilitar su presentación a las personas que requieran de apoyo en la tramitación.
Los requisitos para optar a las ayudas son, entre otros, ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda en Baleares con una duración mínima de un año y la vivienda alquilada tiene que constituir la residencia habitual y permanente de la persona solicitante.
Además, la renta máxima del alquiler tiene que ser igual o superior a los 900 euros mensuales, los titulares del contrato deberán tener la nacionalidad española o la residencia legal, y hay que estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de la solicitud, así como cumplir con los requisitos de ingresos máximos establecidos.
Como es habitual, estas ayudas no son compatibles con otra ayuda para el pago del alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, ni con las que, para esta misma finalidad, puedan conceder la Comunidad Autónoma, las entidades locales o cualquier otra Administración o entidad pública.
EFE