La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a seis años de prisión a un hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer que se encontraba de luna de miel en Ibiza, aprovechándose de que se encontraba inconsciente y de que se había quedado solo con ella.
Los hechos se produjeron el 15 de agosto de 2017 en Sant Antoni. Según se explica en la sentencia, aquella tarde el ahora condenado estaba junto a dos amigos en una fiesta en la piscina de un hotel y allí conocieron a dos mujeres que habían contraído matrimonio recientemente y que se encontraban celebrando su luna de miel, con quienes «trabajaron conversación y estuvieron bebiendo alcohol».
Los tres hombres invitaron a las mujeres «a continuar la fiesta en la habitación-apartamento del hotel en la que estaban alojados» y allí siguieron bebiendo alcohol. Más tarde, la víctima se sintió mareada e indispuesta y su esposa la acompañó a una de las habitaciones del apartamento, donde se tumbó en la cama y se quedó dormida, continúa el relato de hechos probados recogido en la sentencia.
Para ese momento, uno de los hombres ya se había retirado a su habitación y la esposa de la víctima y otro «decidieron salir del hotel para adquirir productos para seguir consumiendo». Fue entonces cuando el condenado, «aprovechando que se había quedado solo» con la víctima y que ella no estaba consciente, «para obtener placer sexual, la penetró vaginalmente», se detalla.
A continuación, la mujer despertó, le exigió que parara y le empujó gritando, pero el hombre prosiguió la relación sexual hasta eyacular», momento que la víctima aprovechó para salir corriendo de la habitación.
Por estos hechos, el tribunal considera al hombre autor de un delito de abuso sexual con penetración y le condena a seis años de prisión. Además, le impone la medida de libertad vigilada por un período de seis años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, y le obliga a indemnizar a la víctima con 10.000 euros por los daños y perjuicios causados y por los daños morales.
En el juicio el acusado reconoció que mantuvo relaciones sexuales con acceso carnal con la víctima, de acuerdo con la sentencia, que apunta que la discusión giró en torno a si el acto fue consentido o no. «El acusado mantiene que sí lo fue y la víctima lo niega rotundamente», se explica en los fundamentos de derecho.
Tras analizar las pruebas, la Sala «no alberga duda alguna de que la relación no fue consentida y que el acusado llevó a cabo su acción aprovechando la situación de inconsciencia en que se encontraba la mujer», han señalado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) en un comunicado.
En el mismo se destaca que no ha quedado acreditado, como se insinuó en el juicio, que la privación de sentido de la mujer pudiera deberse al suministro de alguna sustancia en su bebida. El tribunal afirma que sí que se demostró mediante un análisis de orina que la víctima había consumido alcohol, MDMA y cocaína.
«La víctima ha mantenido a lo largo de todo el tiempo transcurrido que los hechos se realizaron contra su voluntad y que al recobrar la consciencia y comprobar que estaba siendo penetrada, lo rechazó con vehemencia y empujó al victimario hasta quitárselo de encima para salir corriendo del lugar», han destacado las citadas fuentes, que han agregado que los magistrados destacan que la mujer aportó la misma versión de los hechos a su esposa, a la médico forense y a la policía.
Además, el tribunal ha valorado que la víctima mantenía una relación de pareja desde hacía unos diez años con otra mujer, que «no tenían interés por los hombres, acababan de contraer matrimonio y se encontraban en Ibiza en su luna de miel», han añadido. Por ello, no le encaja que mantuviese “relaciones sexuales completas con un hombre al que acababa de conocer, estando en mal estado y en un momento en que su esposa se había ausentado para realizar unas compras», han concluido.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.