@Noudiari/ Las declaraciones que ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, realizó el pasado 23 de julio en Palma, cuando afirmó que no había vuelta atrás para las prospecciones petrolíferas, siguen levantando ampollas. En su momento, Alianza Mar Blava, el organismo pitiuso creado en oposición a los planes de Cairn Energy frente a las Pitiüses, ya advirtió de que tanto la legislación europea como la española permitían la cancelación de la licencia otorgada a la empresa irlandesa para sondear el espacio marino frente a Eivissa y Formentera en busca de petróleo. Además, desde esta asociación recalcaron que una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de carácter negativo impediría “que el proyecto prosperase y no implicaría ni prevaricación ni indemnización alguna para la empresa promotora del proyecto, al contrario de lo que opinó el ministro Soria”.
Alianza Mar Blava encargó a través del organismo Salvia un informe jurídico al respecto a Debelare Abogados, para dilucidar de forma clara y concisa los efectos de una Declaración de Impacto Ambiental negativa (puede acceder aquí al texto completo del informe). Y este informe les ha dado la razón: “La DIA la emite el órgano ambiental (en el caso que nos ocupa, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente). El informe destaca que la DIA es un trámite previo a la autorización, que tiene que otorgarla el órgano sustantivo, que en nuestro caso es el Ministerio de Industria, Energía y Turismo . Así pues, en la hipótesis de una DIA negativa, si el Ministerio de Industria acatase el resultado, no autorizaría el proyecto”.
Cancelación sin derecho a indemnización para Cairn Energy
Además, Alianza Mar Blava también ha remarcado que si se obtiene una Declaración de Impacto Ambiental negativa, el informe legal “deja muy claro que, basándose en la regulación ambiental y administrativa general, la DIA negativa no genera ningún derecho indemnizatorio para el promotor”.
Cuestión muy distinta, aclara el informe, sería “que de forma previa a la DIA hubiese existido una promesa al promotor del proyecto, por parte del Ministerio de Industria, de resolver favorablemente el proyecto presentado; en este caso, podríamos estar ante la comisión de un ilícito penal el cual y según como se haya procedido por el funcionario, autoridad pública o representante de la administración, podría calificarse como, prevaricación administrativa, cohecho, tráfico de influencias…”. En resumen, cualquier acuerdo ratificado por el Gobierno con Cairn Energy antes de que se emitiera la Declaración de Impacto Ambiental se saldría de la legalidad y, en consecuencia, no tendría validez e incluso podría ser objeto de delito.