@D.V.-R.B./ Dos décadas después que se presentara el proyecto de la casa, una década y media después de su construcción y cinco desde su demolición, el ‘caso Cretu’, uno de los maratones judiciales más largos y tortuosos que se recuerdan, ha finalizado con una condena pírrica y cuatro absoluciones. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha condenado a Michael Cretu a seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio, pena que ha sido conmutada por una multa económica de 10.800 euros, a la que hay que añadir una decimoquinta parte de las costas procesales, que deberá abonar al Ayuntamiento de Sant Antoni en concepto de responsabilidad civil.
Así, el exalcalde portmanyí Antoni Marí Tur y la exconcejala de Urbanismo Blanca Castiella han sido absueltos por la Audiencia Provincial de los cargos de prevaricación urbanística que recaían sobre ellos, así como el aparejador municipal Miguel Ángel Martí Miralles, quien también ha resultado absuelto del delito de falsedad, y el arquitecto del proyecto, José Torres, sobre el que pendía un delito contra la ordenación del territorio.
Las absoluciones de Marí y Castiella
En la sentencia, de treinta folios, el tribunal concluye que ni el exalcalde Antoni Marí Tur ni la exregidora Blanca Castiella cometierion un delito de prevaricación -es decir, concedieron la licencia a sabiendas de que esta era ilegal- porque no queda acreditado que la concesión de la licencia fuera “injusta y arbitraria”, ya que considera que “la Ley de Espacios Naturales induce a confusión” porque algunos aspectos de ésta ley “necesitaban un desarrollo posterior que definiera o concretara que se entendía exactamente por ‘cima’ o por ‘prominencia del terreno’”. De esta manera, el juez da la razón a los acusados en lo que respecta a la confusión que existía al definir el lugar donde se ubicaba la casa.
La sentencia también da por bueno el argumento de que tanto el exalcalde como la exconcejal ignoraban que el Ayuntamiento fuera el competente para determinar el lugar de ubicación de la construcción y que acudieron “de buena fe” a los informes que sobre el tema redactaron el técnico municipal y la Comisión Insular de Urbanismo y los servicios jurídicos del Consell Insular “entendiendo que con ello obtendrían una respuesta clara y definitiva”.Una actuación que demostraria que no habria existido “ningún tipo de arbitrariedad”.
Los argumentos del tribunal se apoyan también en las declaraciones de los otros acusados y testigos. Así, el arquitecto José Torres aseguró que “los términos ‘cima’ y ‘prominencia’ son dos conceptos urbanisticos que aún en la actualidad no aparecen claros”, y el exconcejal de los Verdes, Josep Ribas Ribas, aseguró que “entonces las cosas no se hacían con cuidado porque había confusionismo y caos legislativo”, exculpando de esta manera los errores a la hora de determinar si una licencia era preceptiva o no.
Las absoluciones del parejador y el arquitecto
En el caso del aparejador municipal, Miguel Ángel Martín Miralles, el juez considera que éste también fue una víctima de la “confusión normativa en materia urbanística” y que cuando redactó sus informes “no era consciente de que la legislación prohibía el emplazamiento de la vivienda en el lugar donde se ejecutó”, una legalidad que sólo quedaría constatada cuando el Contencioso Administrativo se pronunció en el año 2002.
En la sentencia también se desestima que el aparejador hiciera la vista gorda ante las obras de unos sótanos donde se ubicarían unos forjados sanitarios y que posteriormente se reconvirtieron en espacio habitable. A priori, se había hablado de la existencia unas claraboyas que demostraría nuna premeditación para cometer esta ilegalidad, pero la sentencia estima que “después de revisar la documentación aportada, no aparece indicio alguno de estas claraboyas”, por lo que se considera que “en ningún caso el aparejador faltó a la verdad”.
Un argumento similar es sobre el que se basa la absolución del arquitecto, José Torres, de quien se considera que no dejó ninguna estructura preparada para ser cubierta con posterioridad y que su relación profesional com Michel Cretu expiró en el año 2000, y que las modificaciones posteriores se deben imputar exclusivamente a Cretu y a dos hombres de confianza de éste, unos tales Gunter Wagner y Bernd Steber, que fueron los que estuvieron “a pie de obra” entre 2000 i 2003.
Cretu, condenado
En el caso del promotor de la obra, el músico Michel Cretu, la sentencia recoge que las sus declaraciones han sido “inconsistentes” y que ha sido de explicar las obras de reforma y ampliación de la mansión que se ejecutaron a partir del año 2000 y que suposo incrementar en 1864 metros más de lo autorizado. Así, en ocasiones dijo que no tenía constancia de los trabajos que realizaban allí los señores Wagner y Steber, que serían los responsables d elas ampliaciones y de quienes se fiaba. En un interrogatorio posterior respondió que desconocía qué encargó exactamente a los arquitectos “sin recordar siquiera el número de habitaciones que había encargado al arquitecto señor Torres”.
Según el tribunal, queda acreditado que en la casa se realizaron unas ampliaciones ilegales que aumentaron en un 68% su volumen, que esto debía conocerlo a la fuerza el propietario de la casa, y concluye que “la conducta del señor Cretu fue dolosa, no cabe hablar de error”.
A alguien le parece normal lo que ha tardado la justicia en resolver este caso?
A alguien le parece normal lo que ha tardado la justicia en resolver este caso?
A los que no les debe parecer normal es a los que lo han tenido que aguantar durante más de 10 años aunque finalmente hayan absuelto …
A los que no les debe parecer normal es a los que lo han tenido que aguantar durante más de 10 años aunque finalmente hayan absuelto …