@Noudiari/ La Sección Segunda de la Audiencia de Palma ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Antonio Huertas, exaquitecto municipal de Sant Josep de sa Talaia acusado de tráfico de influencias. La estimación es sobre el auto dictado el 27 de enero de 2014 por el Juzgado de Instrucción número 3 de Eivissa, acordando la Audiencia que el informe a practicar en relación a las conclusiones extraídas por el equipo de delitos urbanísticos de la Guardia Civil ha de ser llevado a cabo por funcionarios de otra corporación municipal ajena al ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, o de los consells insulars (como así acordaba el auto inicial de la jueza ahora revocado en parte).
No obstante, en el matiz que inclute ahora la Audiencia de Palma, este acuerdo del auto anterior se deberá limitar a aquellos expedientes urbanísticos en que el arquitecto imputado hubiera emitido informe, ya fuera o no concedida la licencia, como en aquellos en que la licencia fuera otorgada sin informe por resultar éste necesario. El auto dictado por la Audiencia acuerda que debe establecerse un plazo máximo para la emisión del informe, apremiando a la jueza instructora y a la fiscalía a que concluya lo antes posible la instrucción de esta causa.