@Noudiari / El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma ha suspendido de nuevo la entrada en la vivienda de Puig d’en Serra para el inicio de las labores de demolición. Este mismo juzgado levantó las medidas cautelarísimas por las que se suspendió el decreto de alcaldía de noviembre de 2013 que establecía la entrada en la vivienda.
Una vez comunicado al Ayuntamiento, se había establecido una nueva fecha para el acceso, previsto para el viernes 30 de mayo. Sin embargo, el consistorio ha reibido hoy una providencia del mismo juzgadopor la que se suspende de nuevo la entrada “a fin de resolver una posible nulidad de las actuaciones”.
La historia se repite
Los servicios jurídicos del ayuntamiento solicitaron eb su momento al juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma de Mallorca que levantara las medidas cautelares de suspensión del decreto de Alcaldía, que establecía que la vivienda ilegal de Puig d’en Serra sería derribada el 29 de noviembre de 2013.
En esa ocasión, un día antes de que los técnicos municipales entraran en el inmueble, el juzgado paralizó de manera cautelar la orden decretada desde el Consistorio, por lo que no pudieron comenzar los trabajos de derrumbe de esta construcción ilegal que incumple varias normas de ordenación del territorio.
Un mes para derribar una construcción ilegal de 1996
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma fijó el 11 de febrero un plazo máximo de un mes para la demolición de la construcción ilegal de Puig d’en Serra, en es Cubells. Además, esta disposición judicial, remitida por Grup d’Estudis de la Natura (GEN), adviertía de que si esta vivienda no se derrumbaba en 30 días se incurriría en un delito de presunta desobediencia civil.
El 6 de julio de 2013, el GEN se personó en los juzgados para instar a la Administración a que se ejecutara la sentencia de demolición de este edificio, cuya ilegalidad fue denunciada por los ecologistas en 1996. Se trata de unas obras ubicadas en un Área Natural de Especial Interés (ANEI), en la cima de la montaña, un emplazamiento prohibido por la Ley de Espacios Naturales. Después de que el Juzgado de Primera Instancia determinara su ilegalidad en 2004 y de que el Tribunal Superior de Justicia de Balears ratificara en segunda instancia la sentencia, el GEN criticó que “siete años después de la sentencia firme de demolición, la edificación permanece intacta y terminada en el lugar donde se levantó”. La demolición, por lo visto, tendrá que seguir esperando.