L.Aversa/ El Tribunal Supremo ha aceptado el recurso de casación presentado por el GEN-GOB contra sentencia del caso Cretu. El dictamen del Alto Tribunal obliga al músico a pagar las costas de proceso en el que se juzgó la construcción ilegal de su mansión de Sant Agnès, derribada en 2009 también por orden judicial.
Según explicó el abogado del GEN, Eduard Clavell, esta sentencia libera al grupo ecologistas de las costas procesales y las recarga sobre el músico, el único condenado del caso.
El pasado diciembre, la Audiencia Provincial culpó a Cretu de haber cometido un delito contra la ordenación del territorio por la construcción de su mansión en una cima protegida.
La misma sentencia absolvió a los otros acusados: el exalcalde de Sant Antoni, Antoni Marí Tur; la exconcejala de Urbanismo, Blanca Castiella; el exaparejador municipal, Miguel Ángel Martí Miralles; y el arquitecto José Torres Torres. La defensa de Cretu también presentó un recurso de casación contra la sentencia, pero fue rechazado por el tribunal.
Clavell aseguró que el objetivo del GEN era que se condenara “también a los políticos, especialmente al alcalde” pero explicó que lograr una sentencia condenatoria ante el Supremo “es imposible”.
El abogado detalló que esta sentencia resuelve un error de cálculo de la Audiencia Provincial, que había impuesto a Cretu el pago de la decimoquinta parte del proceso, con lo que correspondía una cuantía mucho menor.
Ahora, Cretu deberá sumar más costas a la multa 21.000 euros a la que fue condenado y a la indemnización que debe abonar al Ayuntamiento de Sant Antoni por la construcción de la mansión ilegal.