@Noudiari/ Entre el 1 y el 31 de enero los propietarios de establecimientos turísticos tradicionales que tributan a través del sistema de estimación objetiva pueden presentar las liquidaciones definitivas del Impuesto del turismo sostenible correspondientes a 2016. Igualmente, también están obligados a presentar liquidación anual los contribuyentes que tributan en estimación directa. En este caso, además, también es necesario que presenten la liquidación correspondiente al cuarto trimestre de 2016.
Los propietarios de establecimientos turísticos tradicionales disponen de este mes de enero para realizar la liquidación definitiva por la tributación del Impuesto del turismo sostenible. El periodo afecta de igual manera a los contribuyentes del sistema de estimación objetiva, como los de estimación directa, si bien estos últimos también deben presentar liquidación para las estancias devengadas durante el último trimestre de 2016.
Como en los anteriores períodos de liquidación, los contribuyentes deben hacer los trámites y el pago, en su caso, de forma telemática, a través de la página web especialmente dispuesta a tal efecto https://www.atib.es/TA /contenido.aspx?Id=11087&lang=ca.
De igual manera, la fórmula de pago se realizará a través de banca electrónica de las entidades habilitadas: BMN, Banca March, BBVA y Caixabank, y con tarjeta bancaria.
Hay que recordar que más del 95% de los 12.500 establecimientos censados han optado por tributar a través del sistema de estimación objetiva por módulos. En este caso el período de liquidación inicial se abrió entre el 1 y el 20 del pasado mes de septiembre, cuando cerca de 2.200 establecimientos tradicionales censados liquidaron 32,3 millones de euros.
Según el reglamento del Impuesto, la estimación objetiva requiere realizar un ingreso a cuenta por el 60% (el 50% a partir de 2017, según la modificación aprobada dentro de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Baleares de este año) sobre el total de la liquidación estimada para todo el año de tributación, que se debe hacer durante el mes de septiembre.
Posteriormente se cierra el ejercicio tributario con la liquidación definitiva que se realiza en el mes de enero, justo el periodo que ha quedado abierto a las cero horas del día 1 de enero de 2017.
En el caso de los poco más del 4% de los establecimientos que han decidido tributar por estimación directa, el reglamento en vigor obliga a un trámite diferente. Los propietarios de establecimientos deben efectuar cuatro liquidaciones trimestrales cada año y tras la que se hace durante el mes de enero, también se debe adjuntar la documentación por el total liquidado por el año inmediatamente anterior.
En la única liquidación trimestral efectuada por estimación directa hasta ahora, por las estancias realizadas durante el tercer trimestre de 2016, se cerró día 20 de octubre con casi 0,8 millones de euros de recaudación de 282 establecimientos.
El período de liquidación que se abre ahora permitirá conocer la recaudación total del Impuesto del turismo sostenible para 2016, que hasta ahora ha supuesto más de 33 millones de euros para las arcas de la comunidad. Sin embargo, dos grupos de establecimientos turísticos concretos: los campings y las viviendas de alquiler vacacional aún tendrán que esperar para realizar la liquidación por el Impuesto de 2016. El período voluntario de autoliquidación en estos dos casos se abrirá el próximo 1 de mayo.