El Juzgado de Instrucción número 3 de Ibiza ha admitido la querella interpuesta por los propietarios de una vivienda de Sant Josep contra la ex arquitecta municipal, S. T. G., por los presuntos delitos de prevaricación, cohecho y malversación de caudal público.
Según el escrito al que ha tenido acceso Noudiari, la querellada habría denegado —presuntamente de manera arbitraria— el final de obra de una vivienda y, además, habría encargado un informe externo al respecto, del que Alcaldía no tenía conocimiento alguno y del que no se ha encontrado pago, factura o justificante, siempre según la querella. La ex arquitecta se enfrenta por ello a posibles penas por delitos de prevaricación, cohecho y malversación de caudales públicos.
Según ha podido saber este medio, la arquitecta habría obstaculizado a propósito el expediente administrativo de final de obra para impedir así su aprobación, apoyándose en el citado informe técnico cuya elaboración fue encargada por ella misma, según los indicios de la defensa de los perjudicados. Dicho informe no solo se contrató de manera irregular, sino que sus conclusiones son contrarias al criterio del Ayuntamiento de Sant Josep con respecto a determinados aspectos urbanísticos contemplados en otros expedientes similares.
Es más, aunque no es el tema principal de la querella, hay indicios de que la misma arquitecta habría cobrado presuntamente una importante cantidad económica para favorecer la tramitación de las licencias de construcción de la casa de un conocido DJ en la isla.
Pero volviendo al tema principal, todo comenzó con un proceso administrativo de la licencia de obra (113/2014), cuando, tras finalizar la construcción de una vivienda, los querellantes solicitaron la expedición del final de obras.
La arquitecta informó desfavorablemente (informe 223/2021) con base a que se superaba la separación máxima de pavimento de la planta baja respecto del terreno natural, a que se superaba la altura máxima de tres metros y la total de cuatro metros, y a que se había ejecutado un volumen mayor del que aparecía en los planos.
Con tales argumentos, Alcaldía dictó decreto de fecha 5 de mayo de 2021 denegando la concesión del certificado de final de obra, resolución frente a la cual los afectados interpusieron recurso de reposición y, posteriormente, un recurso contencioso administrativo ante el juzgado número 1 de Palma (contencioso que se celebrará en Mallorca en septiembre de 2025).
Según ha podido saber Noudiari, la Alcaldía se inclinaba por una solución pacífica que evitase el procedimiento judicial, por lo que se inició una fase de negociación y comunicaciones entre los afectados y el Ayuntamiento. Unas reuniones con el objetivo de definir los criterios técnicos para que se presentase un proyecto de demolición parcial que se ajustase a las medidas de la vivienda.
Sin embargo, la querella apunta a que S. T. G presuntamente encargó de manera irregular en nombre de los servicios técnicos del ayuntamiento de Sant Josep un informe al topógrafo D. B. con el único objetivo de frustrar el proyecto de demolición parcial.
El informe se habría solicitado a espaldas de la Alcaldía, que es el único órgano de contratación del ayuntamiento, junto al pleno. Se encargó, por tanto, sin proceso de contratación, sin que conste el precio, su forma de pago, ni el objeto del contrato, según consta en la querella.
La propiedad, mientras tanto, admitió la posibilidad de destruir parte de la obra para reajustar su altura, pero con criterios técnicos razonables. Para ello contrató a una arquitecta quien, al revisarlo todo de nuevo, concluyó que incluso en la ejecución inicial de la obra se respetaban los criterios y parámetros legales. Solo había un fallo, que era el no haber justificado correctamente la implantación de la vivienda, que estaba sobre un montículo natural y unas viejas ruinas.
A pesar de esta nueva argumentación, S. T. G se mantuvo en su postura inicial y nunca remitió a los interesados el informe de D.B. «respondiendo siempre con evasivas», según la querella.
Es más, el 7 de junio de 2023, el Ayuntamiento de Sant Josep encargó (esta vez de manera regular) un informe técnico a J. M. F para analizar el proyecto de demolición parcial, concluyendo que sí cumplía con la normativa de planeamiento ya que resolvía los tres motivos por los que en un principio se había denegado el certificado de fin de obra.
No era necesario, por tanto, demoler un volumen de obra exagerado y desproporcionado, como pretendía S. T. G. a partir del informe que ella misma encargó a D. B.
Los hechos toman un nuevo cariz al saber que los propietarios —mientras estaban sumidos en plena vorágine de problemas para legalizar su vivienda— fueron contactados por dos inmobiliarias que les ofrecían un precio por adquirir el inmueble, coaccionándoles incluso al hacer alusión a sus problemas urbanísticos de difícil solución, datos que no deberían conocer en absoluto.
Posibles penas
Por prevaricación, malversación y cohecho la ex empleada municipal podría enfrentarse a penas como la inhabilitación especial para empleo o cargo público, prisión de uno a seis años y penas económicas.
Madre mía, si se analizaran todos los procesos de edificación y los informes técnicos…el juzgado estaría aún mucho más colapsado de lo que está. Es una barbaridad lo que se firma y se justifica. Brutal….lo peor, la ilegalidad…
Poco se habla de la sanción que tendrá que abonar Sant Antoni a un propietario por su incompetencia al autorizar una vivienda en cala gració…en suelo rústico protegido, costas, etc. Pues por la zona de detrás de Stella Maris (por el camino que va a Punta Galera) hay 2 nuevas viviendas, con piscina en parcelas de menos de 15.000 m2 en rústico…cómo se explica esto? No está permitido. El Consell lo permite? Que expliquen por qué.
Espero que termine en la cárcel y que se mire todo el trabajo de ella de años anteriores. Personas así deberían de estar encerradas.