@L.Aversa/Un total de 18 sentencias judiciales, una por cada valla denunciada, han determinado que los soportes son ilegales y que deben retirarse, con una multa de 3.000 euros por valla. Los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, número 1, 2 y 3, han rechazado todos los recursos de la empresa Ibiza Publicidad, contra la orden administrativa del Consell de Ibiza de retirar las vallas, por estar ubicadas junto a las carreteras y en el suelo rústico, algo prohibido por la normativa.
En total, el Consell había declarado ilegales e ilegalizables un total de 18 vallas, de las incontables que han proliferado en los últimos años en la isla. La empresa interpuso recursos para frenar la demolición de los 18 soportes, pero todas las sentencias, tras las vistas judiciales celebradas entre abril y junio, han dado la razón a la institución insular.
Según informan desde la institución, ya se han recibido 17 sentencias y sólo falta recibir una por correo postal, que ya ha sido publicada, y que en principio, seguirá la misma línea que el resto.
Multas y retirada
Desde la institución señalan que en los próximos meses se estudiarán los pasos a seguir con el resto de soportes que pueblan las carreteras de la isla.
Rechazo a los argumentos de la empresa
En todos los casos se desestiman los recursos de la empresa contra las resoluciones del Consell, que ordenó su retirada y demolición, porque son visibles desde la zona de dominio público de la carretera, y están en suelo rústico, con lo cual, no son legalizables.
Los diferentes jueces que han dictado sentencia no han aceptado los argumentos de la empresa que alegaba que la “supuesta infracción está prescrita” porque la valla había sido instalada cuatro años antes del inicio del expediente sancionador.
Para Ibiza Publicidad, esto supone que no se puede considerar “una infracción continuada, como pretende el Consell Insular”, una institución que, según la empresa, “ha venido consintiendo esa instalación, incluso autorizando otras análogas”. También había argumentado que el suelo en el que se ubica el cartel publicitario debe ser considerado urbano “al hallarse transformado y edificado, por lo que se trata de travesía, en la que está permitida esa instalación”.
Sin embargo, las sentencias establecen que la empresa debe adaptarse al planeamiento en vigor, que califica a estos suelos como rústicos, y que se está ante una infracción de carácter continuado porque la norma no permite “la existencia de publicidad visible desde el dominio público de la carretera”. Según indican, las vallas mantienen “durante todo el tiempo” su actividad publicitaria “con independencia del momento en que ello empezó a producirse”, por lo que la infracción no puede considerarse prescrita.
Les haurien de fer llevar totes, que és una vergonya com està tot, i nhi ha que són de vertader mal gust. No es cuida mica la imatge de l’illa i potser algun dia ho pagarem.
No os preocupeis, las que estan quitando, las estan colocando en el parkin de la C/Pere Frances, justo al ladito de una zona protegida, y nadie dice nada.
Cuando no las quitan xq no las quitan… cuando quitan, xq no las quitan todas…
Unos empresarios sin escrúpulos, una actividad ilegal desde hace 12 años, todo por el dinero. Apellidos ilustres accionistas de la empresa Ibiza Publicidad que provocan repugnancia. ¿Tan difícil es una ordenanza en la que se multe al anunciante, al propietario del terreno y a la empresa que gestiona los paneles?