El Gobierno dará a las comunidades autónomas «nuevas herramientas» para que puedan legislar sobre los vehículos de alquiler con conductor (VTC) atendiendo al buen funcionamiento del tráfico o a cuestiones medioambientales.
Así lo ha explicado la vicepresidenta primera del Gobierno, Nadia Calviño, que ha añadido que la nueva norma tratará de ajustar la legislación española a la jurisprudencia europea, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció que no se justifican las limitaciones a las licencias de VTC por razones económicas.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Calviño ha señalado que el Gobierno apuesta por la declaración del taxi como vehículo de transporte público.
Entre las medidas acordadas, que «se han trabajado con todas las partes implicadas», se incluye como novedad exigir que el titular de la licencia de VTC disponga del vehículo en propiedad o en arrendamiento más de tres meses.
También se incrementarán las exigencias de reducción de emisiones de CO2 y se apuesta por la declaración del taxi como servicio de interés público.
Igualmente se darán «más herramientas» a las comunidades autónomas para limitar las autorizaciones y ordenar el servicio de transporte de viajeros en sus territorios atendiendo a criterios de buen funcionamiento en la gestión del tráfico y otros medioambientales.
Normativa
Según el Gobierno, la nueva regulación está alineada con el marco de la UE y centrada en la proporcionalidad, la competencia leal, la lucha contra las malas prácticas y la protección del interés general, aportando seguridad jurídica al mercado.
En este sentido, los procedimientos sobre autorizaciones VTC pendientes de otorgamiento a la entrada en vigor del real decreto se aplicarán los criterios de mejora de la calidad del aire, reducción de emisiones de CO2, de la gestión del transporte, del tráfico y del espacio público previstos con la modificación de la Lott.
Si no se otorga la autorización por estos nuevos criterios, el procedimiento quedará suspendido aunque podrá reanuderse en cualquier momento, siempre que hayan pasado tres años desde la notificación inicial del incumplimiento.
La nueva regulación afecta solo a las autorizaciones estatales, que habilitan para la realización de transporte interurbano con recorridos que deben iniciarse en la comunidad autónoma donde estén domiciliadas, mientras que las comunidades autónomas y entidades locales regularán las autorizaciones para la realización del transporte urbano en vehículos de turismo.
La norma establece que la autorización será denegada si, en el momento del otorgamiento, determinados contaminantes superan los umbrales regulados en la normativa de mejora de la calidad del aire, en alguna zona o aglomeración incluida en la comunidad autónoma del domicilio de la autorización, de conformidad con el último informe publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Todo ello sin perjuicio de que las comunidades autónomas puedan establecer, para las autorizaciones que se domicilien en su territorio, otros criterios de mejora de la calidad del aire.
Asimismo, la autorización podrá ser denegada por aplicación de criterios objetivos relativos a la reducción de emisiones CO2, gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, establecidos para su ámbito territorial por las comunidades autónomas competentes.
En relación con la gestión del tráfico, deberá utilizarse un criterio objetivo de congestión viaria que podrá estar basado en un indicador que refleje la diferencia entre la velocidad media en condiciones de flujo libre y la velocidad registrada en distintos momentos del día u otros criterios que se puedan establecer por la comunidad autónoma.
Por su parte, las entidades locales podrán establecer, en su caso, de conformidad con la legislación autonómica, la solicitud de una autorización adicional a la autonómica para realizar transporte urbano en su ámbito territorial, que deberá estar justificada por razones de interés público, y resultar proporcionadas
Reuniones
El Gobierno ha mantenido en los últimos días reuniones con los representantes de los taxistas y de las empresas de VTC para buscar un acuerdo sobre la regulación de estos servicios.
El rechazo del TJUE a la limitación de las licencias de VTC (utilizadas por plataformas como Uber, Cabify o Bolt) a una por cada 30 taxis que estableció el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) se fundamenta en que no se puede limitar la competencia por razones económicas y sólo se puede establecer por razones de ordenación de la ciudad u otras mediambientales.
Los taxistas entienden que este pronunciamiento ponen en riesgo al sector y amenazan con movilizaciones. La Asociación Nacional del Taxi (Antaxi) advirtió de que las posibles interpretaciones de la sentencia del TJUE pueden suponer una aluvión de autorizaciones VTC, que cifran en más de 130.000.
Las patronales de VTC, Feneval y Unauto, han pedido a la Comisión Europea que interceda ante el Gobierno español, que intenta, a su juicio, aprobar «una regulación urgente para eludir al Tribunal», justo antes de las elecciones generales del próximo 23 de julio.
No obstante, el Gobierno ha subrayado en varias ocasiones que el marco de actuación estatal sólo puede comprender el transporte interurbano, por lo que en el ámbito urbano son las comunidades autónomas y los ayuntamientos quienes deben regular las condiciones para autorizar la circulación de las VTC.
EFE