@D.V./ El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ibiza, José Espinosa, ha decretado ha estimado que en las obras de reforma que se realizaron en el año 2008 en la mansión de Tagomago se cometió un delito contra la ordenación del territorio, y mantiene la imputación por este motivo contra el promotor Matthias Kühn, l representante legal de la empresa constructora Nova Llar, Obres i Construccions, S.L, Guido Hecker, y a Eugenio de la Fuente Cifré, como arquitecto responsable de las obras.
No obstante, el juez ha acordado el sobreseimiento provisional de los delitos medioambientales que se les imputaban por estas mismas obras en la mansión.
‘Informes periciales contradictorios’
Las obras sobre las que se ha pronunciado el juez son las que se realizaron en el año 2008, y que consistían en una reforma de la mansión que se ubica en el centro del islote de Tagomago. El juez constata que se solicitó la licencia municipal correspondiente, que las obras se llevaron a cabo al amparo del silencio administrativo, que el proyecto fue informado favorablemente por la Conselleria de Agricultora, Medio Ambiente y Territorio, y que cuando se presentó la memoria ante la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático, ésta sólo se pronunció en contra de la construcción de una pasarela sobre sustrato rocoso.
En el auto del juez estima la existencia de un delito contra la Ordenación del Territorio ya que recuerda en las Normas Subsidiarias de Ayuntamiento de Santa Eulària se constata que están permitidas las obras de reforma, conservación, rehabilitación y restauración, siempre que no supongan aumento del volumen de la casa, “lo que no puede considerarse legalizado ni susceptible de serlo es la plataforma, la escalinata y el muro, por lo que procede continuar la causa por los trámites del procedimiento abreviado”.
No obstante, el juez asegura que “no se ha llegado a acreditar suficientemente la comisión de delito medioambiental, pues al respecto lo que existen son informes periciales contradictorios”. Espinosa también exonera de cualquier delito a la empresa Isla de Tagomago S.L., propietaria del islote, ya que considera que “la mercantil referida no participó activamente, ya que quien consta únicamente como promotor es el señor Khün”.
Sobre este auto cabe recurso de apelación.