EFE / El juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Mallorca ha rechazado suspender la ejecución del desalojo del bloque A de los apartamentos Don Pepe, decretado por el Ayuntamiento de Sant Josep.
La jueza, que desestima el recurso interpuesto de los vecinos, señala que la ejecución forzosa del desalojo se supedita al “realojo temporal” por parte del consistorio de las familias afectadas.
Según el auto judicial, el Ayuntamiento de Sant Josep debe realojar de forma temporal a los vecinos de las escaleras 3, 4 y 5 del bloque, mientras se realizan las obras necesarias para la “estabilidad del edificio”, garantizando la seguridad de sus ocupantes, “si técnicamente fuera viable”.
En su valoración del auto judicial, los propietarios entienden que para la jueza no hay motivos suficientes para abordar la suspensión del desalojo con medidas “cautelarísimas o cautelares”, ya que hay “informes contradictorios” sobre la ruina del edificio.
Así se refieren al hecho de que la jueza considera que existencia de ruina se deberá valorar en el proceso ordinario, ante la contradicción entre el informe de la arquitecta municipal y los informes que aportan los arquitectos contratados por la propiedad.
En todo caso, para el representante legal de los vecinos, este auto establece que el desalojo se producirá en cuanto el Ayuntamiento de Sant Josep “ofrezca una solución habitacional” a los vecinos que “debe ser una vivienda y no por dos meses” como propone el consistorio.