EFE / La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha avalado la decisión del Govern de mantener el toque de queda desde la medianoche hasta las seis de la mañana, una medida que se aplicará desde este domingo hasta el 6 de junio.
El tribunal sostiene en un auto los mismos argumentos que ya alegó hace dos semanas en la consulta realizada por parte del ejecutivo autonómico para aplicar medidas sanitarias más allá del estado de alarma, como el toque de queda, entonces de 23 a 6 horas, y limitar los asistentes en reuniones en casas particulares.
El aval del TSJIB ha salido adelante con el voto en contra de dos de los cinco magistrados de la sala, como ya ocurrió en la anterior consulta.
En este auto, los jueces defienden que las autoridades sanitarias de las comunidades, en el ejercicio de sus competencias en materia de sanidad, cuentan con el derecho ordinario para guiar su acción en la pandemia, aunque suponga la limitación de derechos fundamentales.
Tres de los magistrados argumentan que el Govern puede limitar derechos fundamentales debido a la situación de emergencia sanitaria aunque haya finalizado el estado de alarma.
Las juezas Carmen Frigola y Alicia Ortuño, que han votado en contra de que se prolonguen las restricciones del Govern durante dos semanas más, entienden que solo se tendría que haber estimado parcialmente la autorización solicitada por el gobierno autonómico.
El Consell de Govern modificó el pasado lunes el decreto que regula las restricciones frente a la covid-19, atrasando la hora el inicio del toque de queda para fijarlo de la medianoche hasta las 6.00 horas a partir de este domingo.
También se aprobó ampliar de 6 a 8 el número de personas que pueden reunirse en espacios exteriores tanto privados como públicos y levantar la prohibición de que se reúnan personas de más de dos grupos de convivencia de los encuentros familiares y sociales en espacios interiores en casas.
En declaraciones a la prensa ante la sede de TSJIB, el fiscal jefe en Baleares, Bartolomé Barceló, aseguró este miércoles que se oponía a alargar el toque de queda y las limitaciones de reuniones sociales y familiares en domicilios privados más allá del 23 de mayo.
En el anterior procedimiento, la Fiscalía no recurrió el aval de la Sala porque el real decreto que permitiría los recursos entró en vigor el 9 de mayo, mientras que la autorización de los magistrados se conoció el 6 de mayo.
En esta segunda ocasión, sí cabrá el recurso de casación, que recaería en el fiscal de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.