@Noudiari/ El Tribunal Supremo ha anulado la protección ambiental en aguas exteriores de los catorce Lugares de Interés Comunitario (LIC) de Baleares. El TS ha admitido el recurso que interpuso el Estado a una sentencia de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, y de esta manera detiene los decretos autonómicos de 2007 que establecían estos LIC.
Según argumenta el TS, la normativa del Govern Balear del 2007 invadía las competencias del Estado, ya que las Comunidades Autónomas sólo pueden regular sobre las aguas exteriores “en casos excepcionales”, y considera que no se acredita esta excepcionalidad.
En Eivissa y Formentera, se afectan los LIC de Es Vedrà y Vedranell, Illots de Ponent, Tagomago y Cap de Barbaria. En el resto de la comunidad, afecta también a Sa Dragonera, Cabrera, la costa del Mitjorn de Mallorca, el Cap Enderrocat, Cap Blanc, Montañas de Artà, Addaia, S’Albufera y s’Albufera des Grau, el área marina del Nord de Menorca y las bahías de Pollença y Alcúdia.
Los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) son todos aquellos ecosistemsa protegidos para garantizar la conservación de loshábitatsnaturales y de lafaunayflorasilvestres en el territorio consideradas prioritarias por la directiva 92/43/CEE de los estados miembros de la Unión Europea. La sentencia no anula estos LICs sino que elimina su actuación sobre la zona marina.