@Noudiari/El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que declara la nulidad del acuerdo por el que se aprueba definitivamente la revisión de las Normas Subsidiarias de Formentera en lo referente a la reducción del conjunto histórico de las Iglesias de Sant Francesc, Sant Ferran y del Pilar de Mola.
Según detalla la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia (TSJB), la sentencia desestima el recurso de casación del Consell de Formentera y confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que declaró la nulidad.
La sentencia explica que las Normas Subsidiarias impugnadas realizaron unas nuevas delimitaciones sin tener en cuenta las existentes, que protegen las iglesias en un radio de 250 metros, desde que en 1996 el Consell de Ibiza y Formentera las declaró Bien de Interés Cultural.
De acuerdo con el TSJB, reducción de este perímetro sólo puede hacerse «con la necesaria justificación o motivación de por qué unas edificaciones merecedoras de protección han dejado de serlo, explicando qué es lo que ha cambiado que ha determinado esa modificación».
Según el tribunal, la sentencia anterior había anulado dicho acuerdo «por no estar justificado, por no seguir el procedimiento legalmente establecido y en lo que afecta a Ca ses Castellones, su exclusión obedece a la conveniencia de la administración de no ejecutar una sentencia firme de 4 de febrero de 2009», explica.
Según la resolución judicial, «si la motivación o justificación es exigible siempre que se proceda a una nueva delimitación de un conjunto histórico-artístico, con mayor motivo lo es en el presente caso en el que está en cuestión el cumplimiento de una sentencia firme».
Formentera intentará justificar la reducción de los entornos
Por su parte, el presidente del Consell de Formentera, Jaume Ferrer, acompañado de consellera de Patrimonio, Susana Labrador, el conseller de Presidencia, Bartomeu Escandell, y la consejellera de Territorio, Alejandra Ferrer, ha comparecido hoy para valorar la sentencia.
Según ha explicado, el criterio que siguieron las Normas Subsidiarias fue “proteger los elementos con valor patrimonial dentro de los cascos urbanos de las localidades, porque en Formentera se encuentran dispersos y no necesariamente alrededor de la iglesia”.
Este criterio, según Ferrer, «difiere del que define Patrimonio para Ibiza y Formentera, que es marcar un epicentro donde se encuentre la iglesia y desde allí proteger en un radio de 250 metros”.
El presidente del Consell ha anunciado que se volverá hacer la memoria que define los conjuntos históricos de Formentera para aportar la justificación que pide el TSJB.
El documento incluirá tanto la justificación de los elementos que se protegen como los que no, y argumentará por qué hay elementos que, a pesar del entorno de protección, no tienen «característica patrimonial, ni arquitectónica para ser protegidos”, ha explicado Ferrer.