EFE / La Audiencia de Balears ha absuelto al expresidente del Govern, Jaume Matas, de prevaricación, malversación y falsedad, delitos de los que le acusaban la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía de Baleares en el caso Turisme Jove por haber ordenando presuntamente beneficiar a un empresario.
La sección segunda del tribunal provincial expresa en la sentencia «dudas de la culpabilidad» del acusado, por lo que los magistrados aplican el principio in dubio pro reo y lo absuelven, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.
En esta pieza desgajada del caso de Turisme Jove, Matas era el único acusado por haber ordenado supuestamente que se beneficiara con fondos públicos a un empresario y exconcejal de Calvià en los años 90 del siglo pasado, que se sentía perjudicado por el Govern por haberle rescindido la gestión de un albergue juvenil y que presentó un contencioso-administrativo reclamando 120.230 euros.
Los servicios jurídicos del Govern le reconocieron el derecho a percibir 11.903 euros de indemnización, y el resto lo percibió del consorcio Turisme Jove, presentando facturas falsas por servicios nunca prestados, tal como declaró probado otra sentencia de enero de 2014 por estos hechos, en el que fueron condenados el propio empresario y los altos cargos autonómicos que le pagaron.
Acuerdo y nueva investigación
En el marco de aquel primer proceso, uno de los acusados que luego admitiría una condena por conformidad, entregó un escrito en la Fiscalía explicando sus sospechas de que la orden de desviar fondos a favor del empresario procedía de Matas, lo que dio lugar a una nueva investigación con el expresidente como único acusado.
Matas, que cumple condena por la sentencia del caso Nóos y que todavía tiene pendiente el juicio por el llamado caso Son Espases, fue enjuiciado por esta pieza derivada del caso Turisme Jove la última semana de marzo. La Audiencia de Palma lo ha absuelto en una sentencia contra la que cabe recurso de casación.
Los magistrados indican que la única prueba de cargo ha sido la declaración como testigo de uno de los condenados en 2014 por estos hechos. «Aún pudiendo ser posible cuanto afirma, también lo es que no lo fuese, dudas que creemos que nos han de llevar a inclinar la balanza probatoria a favor de la defensa de Matas, conforme al principio in dubio pro reo», indica la sentencia.