EFE / La expareja de Sara Calleja, la mujer que se suicidó en julio de 2015 en Ibiza, se ha amparado en una euroorden emitida por el juzgado de León para evitar asistir este viernes a la celebración de la vista previa en los Juzgados de Ibiza.
La familia de la fallecida acusa a este hombre de inducción al suicidio, después de que Calleja se quitara la vida el 11 de julio de 2015, con 51 años de edad, al tirarse por la ventana de su domicilio en la pitiusa norte, tras un primer intento en abril de ese mismo año.
La defensa del acusado ha apuntado que el belga Christian C.M. no ha comparecido porque esta misma semana se ha cursado una orden europea por parte de los juzgados de León, que se encuentra en plazo de recurso y cuya intención es recurrirla.
Asimismo, ha alegado y ha acreditado documentos médicos en los que se pone en duda la «condición física y psíquica» del acusado, por lo que reclama la celebración del juicio a través de videoconferencia.
«Víctima de un juicio paralelo»
Durante la vista previa, la defensa del acusado ha insistido en que fue «víctima de un juicio paralelo», por lo que la causa ha estado «viciada» por parte de la sociedad.
La acusación particular, que pide hasta 18 años de prisión para Christian C.M. al incluir el delito de inducción al suicidio, ha solicitado que el juicio cuente con la presencia del acusado, recordando que las motivaciones aportadas por su defensa son las mismas que ya ha usado en otras ocasiones anteriores.
El Ministerio Fiscal, que reclama siete años de prisión, ha pedido a los magistrados la traducción jurada de todos los informes médicos aportados por la defensa de Christian C.M. y que sean revisados por los médicos forenses para determinar si el acusado está en condiciones o no de viajar a España.
Ahora deberán ser los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial quienes decidan si dictan una nueva euroorden de búsqueda, detención e ingreso en prisión del belga.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía de Ibiza, el acusado no aceptó la ruptura de una relación que duró tres años y dos meses y que finalizó por voluntad de Sara Calleja.
«No aceptó la ruptura»
«El encausado en ningún momento aceptó la ruptura y pese a que (Sara Calleja) le manifestó su voluntad de no querer mantener ningún contacto con él, éste insistía continuamente en que volvieran a ser pareja, realizando numerosas llamadas a sus teléfonos y correos electrónicos con expresiones despreciativas e intimatorias coartando y perturbando la tranquilidad» de la mujer, señala la Fiscalía.
Asimismo, añade que C.C.M., usando distintos perfiles en redes sociales, realizaba «comentarios despectivos, perjudicando seriamente (a la mujer) y desacreditándola no solo en el plano personal, sino también en el profesional».
Por todo ello, el Ministerio Público señala que el «incesante y persistente hostigamiento» del acusado provocó en ella una depresión mayor y no logró sobreponerse «a la grave perturbación psíquica que el encausado le había ocasionado».