Laura Ferrer Arambarri / La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha dado luz verde a CaixaBank para la fusión con Bankia; una fusión que se va a materializar esta semana pero con algunas condiciones.
Los peros están en su red de oficinas, ya que en varios puntos de la geografía española, especialmente en las Illes Balears, la CNMC ha detectado «riesgo de monopolio» tras la fusión de ambas cajas.
La CNMC dice textualmente que «se han identificado 86 códigos postales en los que la entidad resultante quedará, bien en una situación de monopolio (la nueva entidad será la única entidad bancaria presente en 21 códigos postales) o en situación de duopolio expuesta a débil presión competitiva, en un radio de 1,5 kilómetros desde la sucursal en otros 65 códigos postales».
Entre los lugares en riesgo de monopolio está Formentera, mientras que en el segundo supuesto de duopolio o poca competencia están zonas de Santa Eulària y Sant Joan.
La nula o reducida presión competitiva en estas zonas «otorgará a la entidad resultante un elevado poder de mercado que podría influir en su comportamiento, con posibles efectos adversos para los consumidores«, advierte Competencia.
«En particular, se ha identificado un riesgo de exclusión financiera en aquellos lugares donde estén presentes únicamente las partes, debido a la posibilidad de cierre de las oficinas bancarias presentes en dichas zonas tras la fusión. Asimismo, en aquellos entornos en los que no existe una suficiente presión competitiva por parte de terceros operadores, podría producirse un empeoramiento en las condiciones comerciales para los actuales clientes de Bankia«, argumenta la CNMC.
En este sentido, CaixaBank se ha comprometido a mantener abiertas oficinas en los municipios señalados en el caso de que sean la única entidad presente tras la fusión y también se comprometen a mantener las condiciones de los clientes de Bankia durante tres años. Es el caso de Formentera.
Además, tendrán que informar con 60 días de anticipación sobre posibles cambios en las comisiones y ofrecer soluciones a los clientes de Bankia que tenía acuerdos con IGN, Banco Sabadell o la red Euro6000 para usar sus cajeros.
En este sentido, el sindicato Unió Obrera Balear insiste en que el dictamen en la CNMC les da la razón en cuanto a sus denuncias de monopolio: «detecta que la fusión no es buena para la competencia y crea situaciones de monopolio o duopolio en el segmento de banca minorista, que es el que utiliza la gran mayoría de la población».
«Los lugares (códigos postales) con oficinas de las Islas Baleares afectadas por el compromiso de mantenimiento de condiciones (16 de 21) son: Bunyola y Palmanyola, Sencelles, Santa Eugènia, Costitx, Andraitx, Puigpunyent, Palma (07199), Montuïri, San Juan, Alaró, Llubí, Maria de la Salut, Es Mercadal, Es Migjorn Gran y Formentera (07871)», recuerdan desde UOB.
Añaden que los lugares (códigos postales) con oficinas de las Islas Baleares afectadas por el compromiso de condiciones sustancialmente equivalentes son: Sóller, Palma (07120), Valldemossa, Calvià (07184), Esporles, Vilafranca de Bonany, Selva, Consell, Petra, Sant Lluís, Es Castell, Es Mercadal, Santa Eulària (07814, en la zona de Santa Gertrudis, y 07819, en el área de Jesús) y Sant Joan de Labritja.
Al detalle, los compromisos adoptados tras la fusión son los siguientes:
A la vista de los problemas de competencia identificados, las partes han propuesto una serie de compromisos a los que queda subordinada la operación. En relación con los riesgos de exclusión financiera y el posible endurecimiento de comisiones y condiciones comerciales, CAIXABANK se ha comprometido a:
- No abandonar, salvo en supuestos excepcionales sujetos a autorización previa de la CNMC, ningún municipio en el que actualmente esté presente una de las partes (o ambas) y no haya ninguna oficina competidora con el fin de evitar la exclusión financiera en dichos municipios;
- En los 21 Códigos postales en que CAIXABANK se quedará en situación de monopolio, mantener a los clientes de BANKIA las mismas condiciones y términos que tengan actualmente suscritos en sus productos. Ello se garantiza durante un período de 3 años;
- Ofrecer sus productos, en el resto de CCPP identificados como problemáticos (65), en condiciones sustancialmente iguales o no peores a las ofrecidas por CAIXABANK en los tres códigos postales con mayor exposición de CAIXABANK a competidores durante 3 años;
- No cobrar, en ninguno de los 86 CCPP identificados como problemáticos, comisiones a los clientes procedentes de BANKIA, por realizar una operación en ventanilla cuando esa operación hubiese sido gratuita de acuerdo con las condiciones ofrecidas por BANKIA en la fecha de autorización de la operación durante 3 años;
- Comunicar a los clientes de BANKIA (previa aprobación del borrador de comunicación por parte de la CNMC), tanto el cierre de la operación como los posibles cambios en productos que pudieran afectarles; en particular, deberá comunicarles con carácter previo a la implementación de los cambios las nuevas comisiones aplicables como resultado de la modificación de un producto o servicio derivada de la fusión; los productos ofrecidos a los clientes de CAIXABANK para los que dichos clientes provenientes de BANKIA cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos y sean equiparables o mejores a los productos que tengan contratados en BANKIA; que las modificaciones entrarán en vigor en un plazo mínimo de 60 días en el caso de los clientes personas físicas (consumidores y autónomos) y de 30 días en el caso del resto de clientes; los derechos de que dispone el cliente ante un cambio de condiciones; y la libertad del cliente para cambiar de entidad bancaria;
- Identificar a los clientes de BANKIA que cumplan con los requisitos de elegibilidad de la cuenta social de CAIXABANK, y comunicarles la posibilidad de beneficiarse de las condiciones de dicha cuenta. Asimismo, CAIXABANK se compromete a mantener, durante la vigencia de este compromiso, dicha cuenta social o un producto equivalente, pero siempre en condiciones iguales o más beneficiosas para los clientes que las de la actual cuenta social.
En relación con los riesgos derivados de una posible ruptura de los acuerdos existentes entre BANKIA e ING, por un lado, y con EURO6000 y BANCO SABADELL, por otro, para el uso de sus cajeros automáticos, y sin perjuicio de lo previsto en los acuerdos suscritos, CAIXABANK se ha comprometido a:
- Ofrecer a los clientes de dichas entidades acceso a los cajeros que eran titularidad de BANKIA antes de la operación, durante un período de 18 meses y en las mismas condiciones económicas previstas en los citados acuerdos y
- En el caso de cierre de cajeros de BANKIA como consecuencia de la operación, dar acceso a los clientes de dichas entidades anteriores al cajero de CAIXABANK más próximo al cajero de BANKIA cerrado. Para ello, CAIXABANK señalizará debidamente los cajeros afectados, con el objetivo de que sean fácilmente identificables por parte de los clientes de las correspondientes entidades.
Si consideráramos que el número de empresas es sinónimo de competencia, en última instancia sería la estrechez de miras de los consumidores (su incapacidad para aceptar que es fácilmente sustituible por otra) la responsable de la falta de competencia en el mercado. Ni el número de empresas ni su tamaño nos sirven entonces como indicadores de la existencia de monopolios en un mercado. Monopolios puede haberlos porque esté prohibido que haya competidores, o restringido legalmente que lo haya. En realidad, las empresas por grandes que sean o aisladas que se encuentren, están sometidas a una competencia potencial (que entren nuevas compañías a corto, medio o largo plazo) que disciplina sus prácticas ante los consumidores. El competidor triunfante no es un monopolio, sino simplemente el más apto de todos para servir en cada momento a los consumidores. Fuente: «El liberalismo no es pecado», cap. 1, pág. 65, 8va edición 2020. Dr Juan Ramón Rallo.