La actividad de Dj no está permitida en Baleares con la normativa actual vigente para la contención de la pandemia de la Covid. Esta es la sorprendente respuesta por escrito de la Dirección General de Emergencias e Interior del Govern balear a una consulta al respecto sobre la posibilidad de que los Dj puedan actuar en locales de la isla de Ibiza.
Si el ocio nocturno está cerrado, los DJ no pueden actuar y así lo dice la respuesta oficial: «La actuación de un DJ es una actividad de amenización por medios mecánicos o electrónicos propia de sala de fiesta, sala de baile, café-concierto, discoteca, y bar de copas. No se puede considerar ni música ambiental ni tampoco música en vivo, por lo cual es una actividad que no está permitida con la normativa actualmente vigente», dice textualmente la respuesta.
Con la llegada de los primeros turistas de la temporada, en los últimos días se han podido ver imágenes como la que acompaña estas líneas: la de un DJ en Sant Antoni pinchando este pasado sábado 29 de mayo por la noche y con público de pie, bailando, con algunas personas sin mascarillas y otras con ella puesta.
La respuesta por escrito cita el acuerdo del Consell de Govern del pasado 7 de mayo (que fue modificado parcialmente por el Acuerdo del de 21 de mayo) por el cual se aprueba el nuevo Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19.
Entre las medidas aplicables temporalmente en los establecimientos que ejercen la actividad de restauración y de entretenimiento está que la música ambiental en los establecimientos no puede superar los 60 decibelios y que se suspende la actividad de los establecimientos que ejerzan las actividades propias de sala de fiesta, sala de baile, café-concierto, discoteca, y bar de copas.
Esta suspensión no afecta las actividades secundarias de restauración (o principal en el caso de bares de copas) de que dispongan los establecimientos de acuerdo con su título habilitante, actividades que se tienen que ajustar a las condiciones que establece este apartado.
Se suspende la realización «de actividades asimilables a las descritas en cualquier otro tipo de establecimiento, incluidas las fiestas en piscinas e instalaciones exteriores de establecimientos hoteleros así como embarcaciones marítimas (party boats o semejantes).
No se consideran incluidas dentro de esta suspensión las actividades de cariz cultural que regula el apartado XI del Plan de Medidas.
Así, se exceptúa de la suspensión «la realización de actividades culturales de música en vivo en los establecimientos mencionados si estos establecimientos renuncian a ofrecer servicios propios de ocio nocturno y llevan a cabo la actividad en las condiciones que establece el apartado XI de este Plan, incluyendo la prohibición de comida y beber en espacios cerrados mientras se produzca esta actividad cultural», reza la respuesta.
Esta última prohibición se establece a todos los efectos para cualquier tipo de establecimiento abierto al público.
que asco.
Qué maravilla!
Demostrando de nuevo la incapacidad política
Gracias por dejarnos en la estacada un año más
Ahora se que soy un bandido que va transmitiendo el COVID con ondas sonoras
Pero si eres turista y vienes menos de 72 horas pasa que te atenderemos bien, ni prueba de COVID Ni nada …
absurdo como siempre … vivan los políticos que nos protegen ! Hasta ahogarnos !!
Ya hay que ser paleto o arbitrario para no considerar a los pinchadiscos como música en vivo.
Música en vivo la música enlatada. Lo que hay que ver. A mi me sobran las discotecas, pero Ibiza las necesita. Me tendré que j*** fastidiar.
Lo que no necesita Ibiza es el ruido que meten las discotecas que se oyen en toda la bahía. Al KU lo encerraron para que no saliera el ruido, pero ahora las cosas han cambiado y tenemos que sufrir el ruido en 5 km a la redonda.