@Noudiari/ El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 ha desestimado la demanda interpuesta por un establecimiento del núcleo urbano de Sant Antoni contra una resolución del Ayuntamiento de Sant Antoni de septiembre de 2013 que impone a dicho negocio una sanción de 20.000 euros por infringir la Ley de contaminación acústica de Balears.
Este proceso judicial había quedado suspendido, pero el Consistorio solicitó su reanudación en 2016.
El recurrente argumentaba la nulidad de la medición y consideraba desproporcionada la sanción, pero la sentencia señala que la prueba realizada en presencia policial fue válida y que no existe desproporción en la penalización económica.
Esta sentencia se suma a otra anterior que desestimó el recurso del mismo establecimiento por una sanción de 22.000 euros impuesta a consecuencia de otra infracción por contaminación acústica constatada en 2013.
Ahora el PP denunciara acoso y persecucion judicial o algo.
Si el expediente se inició en el 2013 cuando gobernaba el pp , vamos a leernos las noticias enteras que luego opinamos sin saber …
Si ,leemos bien, el PP lo dejo en el cajon,,,,como tantas otras sanciones
«Este proceso judicial había quedado suspendido, pero el Consistorio solicitó su reanudación en 2016.» ¿ Que esta parte no la habías leído ? Hay que aplicarse el cuento , que luego opinamos ya sabes como
El ayuntamiento consintió la suspension , como si en el fondo le diera pena multarlo . Que investiguen que hay miga y que salgan los nombres de los responsables.