EFE / Las fuerzas de seguridad podrán sancionar a las personas que no lleven puesta la mascarilla en los espacios cerrados de uso público y no atiendan el requerimiento de los agentes de abandonar el lugar.
Esta es una de las indicaciones del Ministerio del Interior en relación con la orden de Sanidad de 19 de mayo por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la pandemia de la COVID-19.
A partir de mañana jueves son obligatorias en lugares donde no se pueda garantizar la distancia de seguridad.
Durante los primeros días de entrada en vigor de esta orden, que comienza mañana, las fuerzas de seguridad potenciarán la función pedagógica, según informan fuentes del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska.
Asimismo, cuando los agentes tengan conocimiento de supuestos de incumplimiento de la orden, requerirán a la persona que cometa ese incumplimiento que proceda a ponerse la mascarilla o que se retire a una zona en la que sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal.
Si el incumplimiento se produce en espacios cerrados de uso público o que se encuentren abiertos al público, se pedirá a esas persona que abandone dicho espacio, pero si no atiende a ese requerimiento, se podrá levantar una propuesta de sanción por la vía del artículo 36.6 de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana