@Noudiari/La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears ha rechazado un recurso de la empresa concesionaria ‘Gran Hospital Can Misses’ contra la resolución del director el Director General del Servei de Salut de les Illes Balears (IB-Salut) que le reclama 1.226.784 euros por el coste de redacción del proyecto del hospital.
La concesionaria había recurrido la decisión del IB-Salut, adoptada el 12 de septiembre de 2014, de interpretar una cláusula del pliego de condiciones que obliga a la concesionaria a hacerse cargo de los gastos del proyecto.
Según explica la sentencia, en 2013 la concesionaria aseguró al Govern que ya había abonado 1.366.384 euros en concepto de redacción de los proyectos ejecutivo y de actividad, «si bien no acompañaba en su escrito factura alguna acreditativa del abono anterior sino un simple desglose de los gastos por cuenta del concesionario».
En respuesta, el Subdirector de Infraestructuras y Servicios Generales del IB-Salut informó que dichos gastos formaban parte de los costes de construcción que se abonaban al concesionario vía el canon preestablecido, y que no correspondían al proyecto.
En consecuencia, se inició un procedimiento de reclamación de cantidad con el objeto de pedir a la concesionaria dicha cuantía, que la empresa recurrió ante los tribunales.
Una claúsula sin términos ambiguos
Entre sus argumentos, la concesionaria señalaba que la resolución administrativa impugnada es extemporánea, ya que el expediente de interpretación de la cláusula, iniciado el 12 de febrero de 2014, «había caducado cuando se dictó la resolución impugnada».
También aseguró que tuvo que «contratar a varios estudios de ingeniería y arquitectura para poder concretar y desarrollar los proyectos de construcción aportados por la Administración, los cuales eran claramente insuficientes para llevarse a la práctica, alcanzándose la suma abonada por la entidad contratista a 1.404.261 euros».
Sin embargo, para la sentencia, al igual que un dictamen del Consell Consultiu, indica que el pliego obliga a la concesionaria a pagar los gastos del proyecto, «sin que se aprecie atisbo alguno de confusión o términos ambiguos».
La sentencia señala que en julio de 2009 se firmó el contrato entre el IB-Salut y la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Vidal y Asociados, estudio de arquitectura, entre otras empresas, para la redacción del proyecto ejecutivo, estudio geotécnico, estudio de seguridad y salud, así como el proyecto de actividades para la licencia ambiental, en relación con el nuevo complejo asistencial Can Misses, por un precio de 1.226.984 euros, IVA incluido.
También recuerda que en febrero de 2010 se adjudicó el contrato de concesión de obra pública a la sociedad Gran Hospital Can Misses S.A, por un importe total de 593.658.293 euros más 94.985.326 euros, del 16% de IVA, y con una duración inicial máxima de la concesión de 32 años y siete meses a partir del día siguiente de la formalización del contrato.