El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha levantado la prohibición para que los cruceros internacionales puedan atracar en los puertos españoles, con efectos a partir del día 7 de junio.
La evolución favorable de la pandemia en el territorio europeo, de donde proceden la mayoría de los pasajeros de barcos internacionales con escala en puertos españoles, permite el reinicio de la actividad de cruceros que realicen viajes internacionales y tengan por destino puertos españoles.
Además, el aumento de la población vacunada contra el SARS-CoV-2 y el descenso de la incidencia en las comunidades autónomas con puertos susceptibles de recibir este tipo de buques son otros de los argumentos, según el Ministerio de Transportes.
Esta decisión se ha tomado mediante Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) que se ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado.
La resolución determina las medidas sanitarias que deben cumplir estos tipo de buques que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial para entrar en puertos españoles abiertos a la navegación internacional.
«Se trata de unas medidas que son fruto de un trabajo intenso desarrollado en colaboración con el Ministerio de Sanidad», asegura la nota del Ministerio de Transportes. Estas están plasmadas en el documento: «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales».
Como norma general, se deberán aplicar las pautas adecuadas para impedir el embarque de personas infectadas, disminuir la probabilidad de transmisión a bordo, detectar de manera temprana los casos y manejarlos adecuadamente hasta su desembarco, e identificar y someter a cuarentena a sus contactos estrechos.
Asimismo, se deberán adoptar las medidas oportunas para limitar el contacto entre las personas.
Antes del inicio del crucero la compañía naviera informará a los pasajeros y a la tripulación acerca de las recomendaciones durante el viaje. Dicha información deberá incluir los criterios de denegación de embarque (presencia de síntomas, haber sido diagnosticado de covid-19 en los últimos 10 días o ser contacto estrecho de un caso).
Cada crucero que tenga previsto operar en puertos españoles deberá disponer de un procedimiento de la naviera para la prevención y mitigación de riesgos sanitarios derivados de la covid 19.
Por ejemplo, deberá contemplar el número máximo de pasajeros y tripulantes que permita mantener la distancia de seguridad a bordo y asegurar el adecuado aislamiento de los casos y la cuarentena de los contactos. No podrá superar el 70-75 % del aforo máximo mientras continúe la situación de emergencia sanitaria.
Con la resolución dada a conocer hoy se deja sin efectos la adoptada el 23 de junio de 2020 por la que la DGMM estableció la prohibición de entrar en puertos españoles a buques de este tipo.
El sector de los cruceros tiene un importante impacto económico en España, que antes de la emergencia sanitaria era el segundo destino de este tipo de turismo en Europa, recuerdan las mismas fuentes.
De hecho, según la Asociación Internacional de Líneas de Cruceros, en el año 2019 los cruceros internacionales aportaron en torno a 2.800 millones de euros al PIB nacional y generaron unos 50.000 empleos y 1.500 millones de euros en salarios.
La resolución estará vigente hasta el fin de la crisis sanitaria provocada por la covid o hasta que existan circunstancias que justifiquen una nueva medida.
EFE