Las personas físicas y jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que se hayan visto afectadas por las medidas de salud pública adoptadas para contener la COVID-19 y que tengan domicilio social a término municipal de Sant Joan ya pueden pedir las ayudas habilitadas a este efecto.
Las personas solicitantes tienen que haber sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación con el mismo periodo de facturación del año 2019, según los detalles incluidos en el BOIB Nº 101 de 29 de julio, donde se han publicado las Bases.
También podrán optar a las ayudas objeto de esta convocatoria aquellas empresas de nueva creación, que se constituyeron durante el año 2020, con independencia de su facturación.
Las ayudas pretenden compensar los perjuicios provocados por las restricciones y proporcionar liquidez para garantizar la continuidad de la actividad económica.
El crédito total es de 193.772,74 euros que aportan diferentes administraciones:
– Govern de les Illes Balears: 51.886.37 €
– Consell Insular de Eivissa: 51.886,37 €
– Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja: 90.000,00 €
Toda la tramitación se harán en línea, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Sant Joan. El modelo y los anexos, junto al resto de documentación, se pueden encontrar en el enlace web https://www.santjoandelabritja.com/
El plazo para presentar solicitudes es de 15 días naturales a contar a partir del día hábil siguiente de la publicación del Extracto al Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).