El Consejo de Administración del IBAVI, dependiente de la Conselleria de Movilidad y Vivienda, ha aprobado la cesión de inmuebles a entidades o administraciones que lleven a cabo programas específicos destinados a paliar problemas de acceso a la vivienda de colectivos vulnerables o en casos de emergencia habitacional.
En los criterios para la cesión de viviendas del parque público, se establece que en primer lugar tienen que ir destinados a entidades del tercer sector, que no siendo públicas y no teniendo ánimo de lucro, se encargan de realizar mediante profesionales y voluntarios proyectos de acción social destinados a personas en situación de vulnerabilidad en materia de vivienda. Estas viviendas también podrán ser cedidas otras administraciones públicas que se encargan de ejecutar proyectos de acción social dirigidos a atender colectivos en situación de vulnerabilidad o exclusión relacionados con la vivienda o la emergencia habitacional.
Los colectivos sociales a los que tienen que ir destinados estas viviendas son:
Personas o unidades de convivencia con emergencia habitacional sobrevenida. Personas o unidades de convivencia desahuciadas o en proceso de desahucio. Personas o unidades de convivencia con alguien miembro con discapacidad física o psíquica con necesidad de supervisión de la convivencia. Personas o unidades de convivencia con alguien miembro víctimas de violencia de género. Menores o jóvenes con riesgo de exclusión social o residencial.
De este modo, el IBAVI podrá destinar hasta un 3% del parque de vivienda a cada uno de los colectivos mencionados, siempre en función de la disponibilidad de vivienda y de las necesidades del municipio en concreto en que se solicita. En total un 15% del parque del IBAVI se podrá destinar a colectivos vulnerables que necesitan una intervención inmediata, puesto que el IBAVI no es competente en servicios sociales y el proceso para entrar a vivir a un HPO no responde a criterios de emergencia social.
Se trata de una convocatoria abierta en la cual las viviendas se irán concediendo, mediante la firma de convenio, en función de la orden de presentación de las solicitudes en el registro de las oficinas del IBAVI.
La cesión de las viviendas se hará mediante la firma de convenio y será por un periodo de cuatro años, prorrogables a cuatro más.
Actualmente el IBAVI tiene un total de 122 viviendas cedidas a entidades del tercer sector u otras administraciones:
• 43 viviendas están cedidos a colectivos que tratan personas con discapacidad funcional
• 2 viviendas por el realojo del barrio de Sa Penya (Ibiza)
• 1 vivienda por el realojo del barrio de Son Banya (Palma)
• 2 viviendas a entidades que trabajan la dislexia
• 45 viviendas por situaciones de emergencia habitacional sobrevenida, provocada por norma general por desahucios
• 2 viviendas por la integración social de la etnia gitana
• 11 viviendas por menores o jóvenes con riesgo de exclusión social
• 1 vivienda por personas adultas con riesgo de exclusión social
• 1 vivienda destinada a acoger personas refugiadas
• 14 viviendas por víctimas de violencia de género