Las familias de las Illes Balears con descendientes que cursen los estudios superiores fuera de la isla de residencia habitual se podrán deducir 1.800 € en la declaración de la renta que se tendrá que presentar el año que viene. Esta deducción es una de las que se mejoraron con la Ley 11/2023, puesto que pasó de los 1.760 € a los 1.800 € actuales.
Además, se ha eliminado la exigencia que dejaba fuera de la desgravación los casos en los que hubiera oferta educativa pública, diferente de la virtual o a distancia en las islas para cursar los estudios correspondientes, o que, a pesar de existir esta oferta, se hubiera solicitado el ingreso y no se hubiera admitido por razón de los criterios de admisión. Por lo tanto, además de mejorar el importe de la deducción, también se ha ampliado el número potencial de beneficiarios.
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Hay que remarcar que los descendientes que cursen los estudios superiores tienen que depender económicamente del contribuyente, y no pueden haber obtenido rentas durante el ejercicio superiores a 8.000 €. Respecto al contribuyente, la base imponible no puede ser superior a los 33.000 € en tributación individual o 52.800 € en tributación conjunta.
Por estudios superiores se entienden los siguientes: estudios universitarios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior, enseñanzas deportivas de grado superior, o cualquier estudio que, de acuerdo con la legislación estatal, se considere educación superior.
Estos estudios tienen que alcanzar un curso académico completo o, en todo caso, tienen que suponer un mínimo de 30 créditos.
Por otro lado, la deducción se aplica en la declaración del ejercicio en el cual se inicia el curso académico, y sólo dan derecho a la deducción los descendientes que, al mismo tiempo, den derecho al mínimo por descendentes.
Para más información, se puede consultar la web de la Agencia Tributaria de las Islas Baleares (ATIB): www.atib.es.