EFE / La dirección general de Puertos y Aeropuertos ha abierto unos 60 expedientes sancionadores en los últimos tres años a empresas del sector del charter náutico, la mayor parte por cuestiones graves que conllevan sanciones entre los 500 y los 10.000 euros.
Los casos muy graves de alquiler de embarcaciones de recreo con o sin patrón, los que implican problemas de seguridad, corresponden a Capitanía Marítima y las sanciones pueden alcanzar hasta los 100.000 euros. Son datos de la Conselleria del Territorio, Energía y Movilidad que ha dado cuenta de las reuniones que viene manteniendo con las empresa de charter náutico de Baleares con el propósito de controlar y coordinar esta actividad.
El director general de Puertos y Aeropuertos, Xavier Ramis, está al frente de estos encuentros en nombre del Govern y ha declarado que la administración balear y el sector «trabajan juntos para acabar con la oferta de embarcaciones que no tienen la declaración responsable necesaria para el ejercicio de la actividad».
En la página web de la dirección general de Puertos y Aeropuertos existe un registro público para consultar los barcos que se dedican al chárter náutico y para hacer la declaración responsable para ejercer esta actividad. Actualmente hay 2.768 embarcaciones inscritas.
La creación de este registro está regulado por el decreto 21/2017, de 5 de mayo, que ordena la actividad de alquiler de embarcaciones y buques de recreo en puertos o puntos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La declaración responsable habilita para alquilar embarcaciones desde el día en que se presenta y durante dos años; una vez terminado el plazo se debe renovar.
El acceso al registro permite a los clientes y a los empresarios del sector, así como miembros de los cuerpos de seguridad y de la Agencia Tributaria, asegurarse de que los propietarios de los barcos han presentado la declaración responsable para alquilarlos. El registro es una herramienta para dotar la actividad de transparencia y garantías, y los datos se van actualizando periódicamente.
La mayor parte de las embarcaciones inscritas son de España, pero también hay de británicas, alemanas y extracomunitarias. Estas últimas deben cumplir el requisito de tener más de 14 metros de eslora, mientras que las de los países de la UE no tienen esta limitación. Ramis se ha reunido con representantes de las empresas Boat Jump, Ibiza Central Charter, Nautalia, Top Sailing Charter y Wahiva Nautical Charter.
El objetivo era comentar las soluciones y medidas con el fin de que se certifique que las embarcaciones que se ofertan en sus portales han realizado la correspondiente declaración responsable que los habilita para alquilarlas. En los encuentros se puso de manifiesto la buena predisposición de las empresas y se adoptó el compromiso de celebrar más encuentros para lograr un acuerdo sobre el posible desarrollo de actuaciones de control de la oferta que ayuden a mantener un alto nivel de calidad en uno de los sectores primordiales de la actividad turística.
Vale muy bien… pero se han resuelto? Que sanciones se han impuesto? Que medidas se han adoptado respecto a los infractores? Abrir expedientes es muy fácil, de resuelven y se aplícanos medidas adoptadas?