@Noudiari/ El Juzgado de Instrucción número 1 de Eivissa ha decidido, con el sobreseimiento y archivo de la causa, que no existió ningún acto de apropiación indebida perpetrado por HF Vilás, respecto a la querella interpuesta por la sociedad Cetis en contra de esta empresa.
El juzgado ha dado la razón a HF Vilás y considera “que no se desprenden indicios racionales acerca de la presunta comisión por parte de la precitada entidad denunciada del delito de apropiación indebida objeto de querella”.
Depósito en una cuenta notarial
La empresa propietaria de la estación de autobuses de Vila, Cetis, interpuso esta querella a la compañía de transporte discrecional HF Vilàs por considerar que había cobrado un suplemento por el uso del edificio en los billetes a los viajeros y que no había satisfecho su pago ante los dueños de las instalaciones.
Según el documento emitido por la jueza María Luisa Bustillo, no se puede hablar de apropiación indebida en ninguna de sus modalidades puesto que el dinero que se recaudaba en ningún momento fue puesto en el patrimonio de HF Vilás, sino que era depositado en una cuenta notarial “para que fuese la justicia quien decidiese el destino de esta cantidad extra abonadas por los pasajeros de Eivissa”, según han remarcado desde la compañía de autobuses.