Un total de 2.071 residentes extranjeros en Baleares obtuvieron la nacionalidad española el año pasado; aproximadamente la mitad de ellos –en concreto 1.098- llevaban al menos diez años residiendo en el archipiélago, y Marruecos es el país de procedencia más numeroso, con 473 de las más de dos mil peticiones concedidas. Por edades, el grupo más numeroso de nacionalizados fue el comprendido entre los 36 y los 50 años, con un total de 925 concesiones, según los datos que ha hecho públicos el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
En el conjunto del Estado, 80.148 personas obtuvieron la nacionalidad en 2020; Cataluña, Madrid, Murcia y Comunidad Valenciana registraron el mayor número de concesiones que, en términos generales, en el último año han descendido, coincidiendo con la pandemia de Covid-19. En España esta bajada en comparación con 2019 ha sido del 50%, mientras que en el archipiélago se han contabilizado un 59% menos de nacionalizaciones. Aun así, las cifras son muy superiores –más del doble, en el caso de Baleares, y casi el triple, en el conjunto de España- que las de 2017, en que se produjo una caída significativa de estos procesos administrativos.
Más hombres que mujeres
El perfil medio de las personas que obtuvieron la nacionalidad española en las islas en 2020 es el de un hombre de entre 36 y 50 años de edad y que lleva al menos una década residiendo en España. El siguiente grupo de edad es el de 19 a 35 años – 450 del total de peticiones autorizadas-.Tras Marruecos, los países de origen con mayor número de concesiones de nacionalidad son Colombia (173), Cuba (144), Ecuador (136) y Bolivia (112).
Aunque por sexos la diferencia es muy ajustada, son más numerosos los hombres (1.061) que las mujeres (1.010) que el año pasado lograron la nacionalidad española en esta Comunidad Autónoma. Además, un 14,6% lo hizo tras acreditar dos años de residencia en las Islas; 315 lo obtuvieron por haber nacido en España; 220, por matrimonio, y 6 por ser descendientes de españoles.
Tres requisitos para obtener la nacionalidad española
Según el Código Civil, la adquisición de nacionalidad española por residencia exige que el interesado acredite que ha residido en España de forma legal y continuada por un plazo de tiempo inmediatamente anterior a la solicitud, que varía según los casos.
A los nacidos en España, así como quienes hayan contraído matrimonio con un español o española sin haberse separado, o sean hijos o nietos de españoles de origen o hayan enviudado de un cónyuge de nacionalidad española, se les exige un mínimo de un año de residencia. Para los nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, y sefardíes, este plazo es de dos años. Para los que hayan obtenido la condición de refugiados se exige un mínimo de cinco años en España, y para el resto, el criterio es de diez años.
Desde el año 2015, la forma de acreditar el grado suficiente de integración consiste en la superación de dos pruebas, ambas diseñadas y administradas por el Instituto Cervantes. Por una parte, la obtención de un diploma español como lengua extranjera DELE de nivel A2 o superior; por otra, un examen que valora el conocimiento de la Constitución española y de la realidad social y cultural española.