El Gobierno ha aprobado hoy en Consejo de Ministros una modificación del Real Decreto 395/2006, de 31 de marzo, que establece medidas de ordenación de la flota pesquera que opera con artes fijos y artes menores en el Mediterráneo.
Se trata del reconocimiento de excepciones para la pesquería de la langosta “Palinurus spp” con trasmallo en las islas Baleares, que se añaden a las que ya tienen reconocidas algunas pesquerías como las realizadas con artes de parada, las de túnidos a la cacea, con cañas y cebo vivo, o las de las nasas realizadas por buques con un porte mínimo.
Esta excepción se justifica con los datos disponibles, que indican que se está realizando una gestión sostenible y exitosa de la misma, con una buena condición biológica de los recursos pesqueros que explota y una positiva evolución en los últimos años.
Esta pesquería sólo puede realizarse durante unos meses al año, al tener una veda mínima, dependiendo de la especie, de 6 meses. Próximamente se actualizará la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 30 de mayo de 2001 por la que se regula la pesca de la langosta “Palinurus spp” en las aguas exteriores próximas a las Illes Balears.