Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
Los arquitectos apuntan que la obtención de una cédula de habitabilidad se dilata por espacio de un año en la Isla de Ibiza mientras que el mismo trámite en Mallorca se resuelve «en entre cinco y diez días». Por este motivo, creen que, al igual que «los ciudadanos deben cumplir con las leyes, decretos y normas, pues sino el peso de la ley les puede recaer encima, las administraciones deben con sus obligaciones de servir al administrado».El COAIB está realizando una revisión del Decreto de habitabilidad, donde también están incluidas las cédulas de habitabilidad. «No debe confundirse la necesidad y revisión de un Decreto de habitabilidad que garantice que las viviendas en Baleares sean cada vez mejores, con mayor calidad arquitectónica en cuanto a habitabilidad, con el hecho de que la administración solicite una cédula de habitabilidad».Los arquitectos aseguran que «queda absolutamente garantizada la calidad habitable de un inmueble tanto en cuanto un proyecto debe cumplir con el Decreto de habitabilidad vigente, el cual vendrá soportado primero por una licencia, posteriormente por una ejecución de obras con un arquitecto y aparejador y que finalizará con un certificado de final de obra y habitabilidad. Este certificado solo se obtiene una vez superada la visita por el técnico del ayuntamiento en cuestión que deberá comprobar que la construcción cumple con el proyecto aprobado. Sumado a todo lo anterior, el ayuntamiento expedirá un certificado de primera ocupación que nuevamente garantiza todo el proceso».
«A modo de ejemplo, se da el caso en la isla de Ibiza, que una vez obtenido el final de obra, se debe esperar 1 año para poder obtener el certificado, pero al requerirse el certificado final de obra con una antigüedad máxima de 6 meses, el Consell solicita un nuevo final de obra actualizado, lo cual supone que el ayuntamiento deba volver a regresar al inmueble para certificar una vez más que todo se ajusta al proyecto con licencia. Lo que aumenta, retrasa y complica un trámite que debería ser, efectivamente, un puro trámite», prosigue el comunicado de la demarcación ibicenca del colegio balear.
Duplicidad
«Existe una duplicidad en las cédulas de habitabilidad para primera ocupación, y que es absolutamente necesario desburocratizar la administración, reducir y simplificar los trámites, cuando se garantiza que las leyes, decretos o normas se cumplan, como es el caso».
«Sin embargo entendemos y así el colegio lo está estudiando, la necesidad de mantener un tipo de documento o trámite que garantice que, en el tiempo, las viviendas cumplan con las condiciones mínimas de habitabilidad, ya sea por renovación o carencia», concluye la nota de prensa.
En el micro reino de Taifas, que son las Baleares, cada cual hace de su capa un sayo. Lo más lamentable es, que no se salva ninguna parte de la administración, de que cumpla con sus propias leyes. Los administradores públicos se sienten invulnerables. Se debería exigir una pena severísima para el administrador público que prevarica; bien porque desconoce sus deberes, bien porque , conociéndolos, hace «de su idea pa’lante».