El Ayuntamiento de Sant Antoni ha anunciado que mañana aprobará en Junta de Gobierno la ampliación en siete días del plazo de presentación de solicitudes, que finalizaba este viernes 25 de junio, de las ayudas dirigidas a los autónomos y microempresas del municipio afectados por las medidas de salud pública adoptadas para contener la propagación del Covid-19.
El Consistorio, que puso en marcha la línea de ayudas el 11 de junio, ha destinado una partida de 691.455,68 euros a este sector, con aportaciones económicas del Ayuntamiento de Sant Antoni (255.000 euros), del Consell d’Eivissa (218.227,84 euros) y del Govern balear (218.227,84 euros), que de forma conjunta apoyan las actividades empresariales del municipio tras los efectos negativos de la crisis sanitaria.
Tras su publicación en el BOIB, se conocerá la fecha exacta de finalización del periodo para solicitar estas ayudas. Toda la tramitación se debe realizar en línea a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni (https://santantoni.sedelectronica.es), donde se encuentra el trámite ‘Comercio. Solicitud de ayudas a empresas por la Covid-19’. La solicitud, así como los requerimientos y la aportación de documentación, se tiene que hacer por medios electrónicos, por lo que es necesario disponer de certificado electrónico u otro sistema de identificación válida.
Pueden beneficiarse de las subvenciones los autónomos o titulares de empresas, personas físicas y jurídicas privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que se hayan visto afectados por la crisis del Covid-19. Los solicitantes deben cumplir con los requisitos de tener el domicilio social de la actividad ubicado en el término municipal de Sant Antoni, que la empresa esté formalmente y legalmente constituida y tener domicilio fiscal en la isla de Eivissa. Para acceder a las ayudas, también deben haber sufrido una reducción en la facturación de un mínimo del 40% en relación al mismo periodo de facturación del año 2019.
La cuantía de las subvenciones se determinará en función del prorrateo del importe global entre todas todas las solicitudes recibidas en plazo y forma, siempre y cuando cumplan los requisitos y las condiciones exigidas para ser beneficiario. Las ayudas se repartirán proporcionalmente entre las empresas dependiendo de los parámetros establecidos, en los que se tendrá en cuenta el número de trabajadores y el porcentaje de la reducción de ingresos en la facturación. En ningún caso, la cuantía individualizada resultante podrá superar los 4.000 euros.
Asimismo, también podrán optar a las ayudas objeto de esta convocatoria aquellas empresas de nueva creación, que fueron constituidas durante el año 2020, con independencia de su facturación, con un importe máximo de 1.000 euros.
En la actual convocatoria, atendiendo a la existencia de una situación de emergencia sanitaria y crisis económica que ha llevado al tejido empresarial a una situación de pérdida de ingresos, aunque se acredite la existencia de deudas con administraciones públicas, los solicitantes no serán excluidos de la misma.